REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE EJECUCIÓN LOS TEQUES
Los Teques, 29 de Octubre de 2009
199° y 150°
CAUSA: 4E011/06
JUEZ: DRA. NANCY MARINA BASTIDAS, Juez de Primera Instancia en Lo Penal en Función de Ejecución N° 04 de este Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques
SECRETARIO: ABG. FRANCISCO DELGADO, adscrito al Pool de Secretario de este Circuito Judicial Penal, con sede en Los Teques
PENADO: JACKSON SMITH LOBO GODOY, titular de la Cédula de Identidad N° 17.980.587, de nacionalidad Venezolana, natural de la Victoria, Estado Aragua, nacido en fecha 22/09/1984, de profesión u oficio: albañil; residenciado en: La Matica, Sector Vuelta Larga, Calle San Corniel, Casa Nro. 30, cerca de la bodega de la Sra. Maria, Los Teques, Estado Miranda. Teléfono 0416-405.9011 y 0416-307.77.50.
DEFENSA: DRA. SOR ESTHER BAZAN, Adscrita a la Unidad de Defensoría Pública Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
FISCAL: FISCAL DÉCIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO EN MATERIA DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Visto el escrito interpuesto por la DRA. SOR ESTHER BAZAN, en su carácter de defensora pública del ciudadano JACKSON SMITH LOBO GODOY, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 17.980.587, mediante el cual solicita se sirva extender el régimen de presentaciones impuesto a su defendido, en virtud de los reiterados permisos otorgado por el Jefe Superior inmediato en el sitio donde labora el mismo, los cuales traen como consecuencia una ausencia laboral que podría ir en perjuicio de la estabilidad económica y laboral de su defendido; este Tribunal para decidir observa:
El penado JACKSON SMITH LOBO GODOY, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 17.980.587, fue condenado en fecha 02/05/2005, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, por encontrarlo culpable de la comisión del delito de ASALTO A TAXI EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 358 del Código Penal, en relación con el segundo aparte del artículo 80 ejusdem; dicha sentencia fue confirmada por la Corte de Apelaciones en fecha 31/06/2006.
En fecha 04/04/2006, este Tribunal Ejecutó la referida sentencia y practicó cómputo de la pena, donde se establecieron las fechas posibles para el otorgamiento de Fórmulas Alternativas de Cumplimiento de Pena.
En fecha 15/05/2007 este Tribunal otorgó la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena fuera del Establecimiento (Destacamento de Trabajo), debiendo cumplir con las obligaciones que se encuentran recogidas en la referida decisión.
En fecha 15/05/2007 este Tribunal otorgó la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena Trabajo Fuera del Establecimiento (Destacamento de Trabajo), debiendo cumplir con las obligaciones que se encuentra recogidas en la referida decisión.
En fecha 02/08/2007, este Tribunal recibió Informe Periódico Conductual, emanado de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario N° 06, donde concluye lo siguiente: “Destacamentario quien en este corto periodo de supervisión ha cumplido con las orientaciones impartidas del Delegado de Prueba, y con todos los inherentes al beneficio otorgado.”
En fecha 19/12/2007, este Tribunal recibió Informe Periódico Conductual, emanado de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario N° 06, donde concluye lo siguiente: “Caso que se mantiene dentro de los parámetros del beneficio otorgado. Se le mantienen las orientaciones de carácter preventivo, continúa cumpliendo con las condiciones impuestas por el Tribunal. Conserva buenas relaciones con los compañeros de pernocta, practicando el valor de la solidaridad y respeto.”
En fecha 09/04/2008 este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo dispuesto en el artículo 500 ejusdem, sustituyó la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena Destacamento de Trabajo, por Régimen Abierto al ciudadano JACKSON SMITH LOBO GODOY, titular de la Cédula de Identidad N° 17.980.587, previa evaluación favorable, de funcionarios adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Relaciones de Interior y Justicia; y en tal sentido se le impuso las siguientes obligaciones: 1.- Consignar ante este Despacho constancia de trabajo cada tres (03) meses: 2.- Presentarse cada quince (15) días ante éste Tribunal y 3.- Cumplir con las obligaciones y condiciones que le imponga el Delegado de Prueba.
En fecha 11/04/2008, el penado se dio por notificado de la decisión de fecha 09/04/2008, mediante la cual se sustituyó la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena Destacamento de Trabajo, por Régimen Abierto, y se comprometió a cumplir con las condiciones impuestas en la misma.
Ahora Bien, de la revisión efectuada en la presente causa, se evidencia al folio ciento noventa y ocho (198) de la presente pieza certificación emitida por el secretario de este Tribunal donde deja constancia que el penado JACKSON SMITH LOBO GODOY, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 17.980.587, cumple el régimen de presentación estrictamente con una frecuencia de cada OCHO (08) DIAS. Ahora bien vistas las razones que soportan la solicitud este Tribunal ACUERDA EXTENDER EL RÉGIMEN DE PRESENTACIONES, que fue impuesto al penado JACKSON SMITH LOBO GODOY, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 17.980.587, en tal sentido el referido ciudadano deberá presentarse ante este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución N° 04 cada QUINCE (15) DÍAS, específicamente los días miércoles. Y ASÍ SE DECIDE.
Se ordena estampar, por tanto, nota secretarial correspondiente indicativa de la presente decisión en el folio ciento siete (107) del Libro de presentaciones a fin de continuar el penado JACKSON SMITH LOBO GODOY, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 17.980.587, sus presentaciones en los nuevos términos precisados.
DISPOSITIVA
Por las razones expuestas este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución N° 04 de este Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ACUERDA EXTENDER EL RÉGIMEN DE PRESENTACIONES, que fue impuesto al penado JACKSON SMITH LOBO GODOY, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 17.980.587, en tal sentido el referido ciudadano deberá presentarse ante este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución N° 04 cada QUINCE (15) DÍAS, específicamente los días miércoles. Así mismo se ordena estampar, nota secretarial correspondiente indicativa de la presente decisión en el folio ciento siete (107) del Libro de presentaciones a fin de continuar el penado JACKSON SMITH LOBO GODOY, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 17.980.587, sus presentaciones en los nuevos términos precisados
Diaricese, Publíquese, Notifíquese a las partes, y cítese al penado. CUMPLASE.
LA JUEZA DEL TRIBUNAL CUARTO DE EJECUCIÓN
DRA. NANCY MARINA BASTIDAS
EL SECRETARIO,
ABG. FRANCISCO DELGADO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado
EL SECRETARIO,
ABG. FRANCISCO DELGADO
Act. 4E-011-06
NMB/