REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

En razón de las precedentes fundamentaciones es por lo que este Tribunal Tercero de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy de conformidad con la estipulación contenida en el artículo 254 del Código Orgánico Procesal Penal por la presente decisión


PRIMERO: Se califica domo FLAGRANTE la detención practicada en contra del imputado de autos, toda vez que en el presente caso se cumplen las exigencias del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.

SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la solicitud planteada por la Fiscalìa Sèptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda y se decreta la MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de los imputados DAMELYS ARCHILA PORRAS, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, de 35 años de edad, nacida en la ciudad de Caracas, en fecha 02-01-1974, de oficio comerciante, residenciada en el sector 4, vereda 30, casa 20, Nueva Cùa, Cùa, Estado Miranda, hija de Daniel Jose Archila (v) y Elvira Clara de Archila (f) identificada con la cèdula de identidad nùmero 13.140.595 y ALEXIS JESUS POLANCO URTADO, venezolano mayor de edad, de estado civil soltero, de 18 años de edad, nacido en Ocumare del Tuy el dia 23-11-1.990, de oficio comerciante, residenciado en la Cota 905, avanida el Cementerio Parte alta Los alpes, casa 45 a diez metro de la cancha, casa de bloques sin frizar, hijo de Eular Ignacio Polcanco (v) y Maria Milexy Urtado (v) identificado con la cèdula de identidad nùmero 19.267.421, por su presunta participaciòn en la comisiòn de los delitos de DETENTACION ILICITA DE ARMA DE GUERRA y OCULTAMIENTO ILICITO DE ARMA DE GUERRA, contemplado en el artìculo 274 del Còdigo Penal, en relaciòn al artìculo 3 de la Ley Sobre Armas y Explosivos.

TERCERO: Por considerar llenos los extremos de ley, le impone al imputado KEIVER JOSE PADRON MILLAN, venezolano, mayor de edad, de 18 años de edad, nacido en Ocumare del Tuy e fecha 26 de agosto de 1.991, de oficio panadero, residenciado en Nueva Cùa Sector Cua Vieja, calle principal, casa nùmero 4, cerca del c entro de Rehabilitaciòn, case de gloques sin frisar, hijo de Orlando Padròn (v) y Mayerlin Millan (v), identificado con la cèdula de identidad nùmero 22.778.839, por su presunta participaciòn en la comisiòn del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto en el artìculo 277 del Còdigo Penal, le impone la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad contenida en el artìculo 256 numeral 3ª como lo es la presentaciòn cada treinta (30) dias por ante las Oficinas de Alguacilazgo de esta Extensiòn Judicial por un lapso de seis meses.

CUARTO: Decreta la Libertad Plena y sin restricciones de los imputados LENIN JOSE ARCHILA PORRAS venezolano, cedula de Identidad N° 18.600.152., de estado civil Soltero, de 24 Años de Edad, nacido en Ocumare del Tuy, fecha 23-11-1984, profesión u oficio Latonero y Pintor automotriz, residenciado en Nueva Cúa vereda 30 Casa Numero 20, Cerca de la Escuel Jose Leonardo Chirinos, la casa de madera de color Blanco, Cúa Estado Miranda Hijo de Daniel Jose Archila (v) y de Clara Elvira Porras (f) JOSE FERNANDO QUINTANA RODRIGUEZ venezolano, cedula de Identidad N° 16.812.736, de estado civil Soltero, de 21 Años de Edad, nacido en Ocumare del Tuy, fecha 09-08-1988, profesión u oficio Albañil, residenciado en Madera Sector 4, Vereda 4 casa 14, Nueva Cua, Misma vereda de la casa comunal, casa de color marrón, Cua, Estado Miranda Hijo de Abilio José Quintana (v) y de Isabel Rodríguez Rodríguez (v) YERVIR JOHAN GOMEZ HERRERA venezolano, cedula de Identidad N° 22.778.924, de estado civil Soltero, de 19 Años de Edad, nacido en Ocumare del Tuy, fecha 24-07-1990, profesión u oficio mesonero, residenciado en Madera, vereda 1, casa numero 5, cerca de la plaza del Sector Madera, casa de color azul, Cua Estado Miranda Estado Miranda Hijo de Yevir Gomez (v) y de Yelitza Herrera (v) JOSE MANUEL HURTADO BOLIVAR venezolano, cedula de Identidad N° 16.810.679, de estado civil Soltero, de 28 Años de Edad, nacido en Ocumare del Tuy, fecha 10-08-1981, profesión u oficio comerciante, residenciado en Nueva Cúa, sector 4, calle 2, casa numero 6, avenida principal a 50 metros de la plaza de nueva Cúa Estado Miranda Hijo de Francisco Javier Hurtado (v) y de Antonia Bolívar (v) RAMON ENRIQUE UGUETO ANDUEZA venezolano, cedula de Identidad N°19.829.658, de estado civil Soltero, de 19 Años de Edad, nacido en Cua, estado Miranda, fecha 27-07-1990, profesión u oficio Pintor, residenciado en Nueva Cua, Cua Vieja, vereda 13, casa numero 3, como a 50 metros del CDI, de cua, la casa de color amarillo, Cúa, Estado Miranda Hijo de Efraín Enrique Ugueto (v) y de Milagros Coromoto Adueza (v) RONALD RUBEN MONCAYO COLMENARES venezolano, cedula de Identidad N° 18.223.433, de estado civil Soltero, de 22 Años de Edad, nacido en Caracas, fecha 23-01-1987, profesión u oficio Obrero, residenciado en Nueva Cua, Sector Madera sector numero 3, Casa numero 6, (LA casa de la Señora Mirilla Mendez) Cerca de de la Plaza, como a ocho casas, casa de color Blanco, Cúa Estado Miranda Hijo de Rafael Moncayo (v) y de Fany Colmenares (v), por considerar que en las actuaciones no cursa hecho punible alguno que pudiera se robjeto de imputaciòn, declarando en consecuencia CON LUGAR el pedimento realizado por la Fiscalìa Sèptima del Ministerio Pùblico.

TERCERO: Se acuerda proseguir la presente causa por la via del Procedimiento Ordinario según lo estipula el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal en su último aparte, tal como se dejó constar en el acta respectiva. Igualmente se calificò como flagrante la aprehensiòn del imputado, toda vez que se dan las condiciones estipuladas en el artìculo 248 del Còdigo Orgànic Procesal Penal, y en consecuencia es ajustada segùn el contenido del artìculo 44 numeral 1ª de la Constituciòn de la Repùblica Bolivariana de Venezuela.

Se señalò como sitio de reclusiòn para el imputado masculino el INTERNADO JUDICIAL RODEO II, y para la imputatda afemenina EL INSTITUTO DE ORIENTACION FEMENINA (INOF) donde deben ser trasladado mediante la Boleta respectiva.

Regístrese la presente decisión y déjese copia debidamente certificada en el correspondiente copiador de decisiones que lleva el Tribunal Tercero de Control. CUMPLASE.

LA JUEZ TERCERA DE CONTROL,

ADALGIZA T. MARCANO HERNANDEZ

El Secretario,

ABG JOSE MORENO

Seguidamente se da cumplimiento a lo aquí ordenado.

El Secretario,


ABG. JOSE MORENO