REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. EXTENSIÓN BARLOVENTO
SALA DE JUICIO.
JUEZ UNIPERSONAL Nº II
Guatire, 21 de octubre de 2009
199º y 150º
SOLICITANTE: ROSA ANGELINA PINTO, titular de la cedula de identidad Nº 15.374.130.
Vista las actuaciones anteriores y oída la aceptación y juramentación en el cargo de CURADOR AD HOC manifestado por la ciudadana ANGELINA PINTO DE RUIZ titular de la cédula de identidad Nº 19.199.680, por medio del cual se compromete a cumplirlo bien y fielmente, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, le discierne el cargo a la ciudadana ANGELINA PINTO DE RUIZ titular de la cédula de identidad Nº 19.199.680; de Curador Ad Hoc de los niños (IDENTIDAD OMITIDA), de ocho y tres años de edad, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código Civil, quedando investida de tal responsabilidad con las consecuencias legales inherentes al mismo. Finalmente y por cuanto se han cumplido los extremos exigidos en la ley, devuélvanse en original por Secretaría las presentes actuaciones a su solicitante. Cúmplase lo ordenado.
El Juez Abg. Helio Antonio Requena Bandres
La Secretaria Titular.
Abg. Dayana Estaba.
EXP: S-09/9960
HARB/DE/Zunyin
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