REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sala de Juicio
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Estado Miranda
Extensión Barlovento. Juez Unipersonal N° I

Guatire, 22 de Octubre de 2009
199º y 150º


Vista y analizadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente motivado a la demanda de Divorcio 185 Ordinal 2º y 3º, visto igualmente el escrito que antecede suscrito por la parte actora plenamente identificados en autos, mediante la cual desiste del presente procedimiento de DIVORCIO 185 ORDINALES 2º y 3º del Código Civil, es por lo que esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 263º del Código de Procedimiento civil, acuerda HOMOLOGAR el referido desistimiento. Así mismo, este Despacho Judicial acuerda la devolución de los originales que cursan en el presente expediente, por cuanto el presente expediente se encuentra terminado, se ordena el cierre y archivo del presente expediente y su remisión a los archivos judiciales de esta misma Circunscripción Judicial. Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZA,

Abg. LETICIA MORILLO MOROS.


LA SECRETARIA















EXP Nº 09/10365
Hom. De Deses
LMM/MAB/yone