REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. EXTENSIÓN BARLOVENTO
SALA DE JUICIO.
JUEZ UNIPERSONAL Nº II


Guatire, 29 de Octubre del año 2009.
199º y 150º

SOLICITANTE: ELVA ROSA SALCEDO DE CORREA titular de la Cédula de Identidad Nº 11.481.055.
Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones y las justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Despacho Judicial a cargo del Juez Unipersonal II de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Extensión Barlovento, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, en consecuencia y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, decreta como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano RUBEN DARIO CORREA URBANO, quien en vida era titular de la cédula de identidad Nº 12.210.627, quien falleció el 13-08-2009 en Av. Intercomunal Guarenas Guatire del Estado Miranda, a consecuencia de: Shock Hipovolemico, Hemorragia Interna, Ruptura Visceral y Vascular Traumatismo Generalizados, tal como consta de la partida de defunción expedida por la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Zamora del Estado Miranda, acta Nº 357 registrada en fecha 18/08/2009, a sus hijos las niñas (IDENTIDAD OMITIDA) y a su esposa la ciudadana ELVA ROSA SALCEDO DE CORREA titular de la Cédula de Identidad Nº 11.481.055. Devuélvase todo original.
Regístrese y Publíquese incluso en la página Web suprimiéndose el nombre de los niños, niñas y adolescentes de autos el cual será sustituido por la palabra IDENTIDAD OMITIDA y déjese Copia Certificada. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en el Despacho Judicial a cargo del Juez Unipersonal N° II de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento. Guatire, al 29 día del mes de Octubre del año dos mil nueve (2009). Años 199º de la Independencia y 150º de la Federación
EL JUEZ TITULAR ABG. HELIO ANTONIO REQUENA BANDRES.

LA SECRETARIA TITULAR.

ABG. DAYANA ESTABA.



HARB/Zunyin
EXP Nº S-09-10054
Título de únicos y universales herederos.