REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
199º y 150º
Los Teques, 30 de septiembre de 2009.
Recibida la anterior demandada DE RESOLUCION DE CONTRATO, presentada por la abogada ANA INES SANTANDER ORTIZ, quien actúa en nombre y representación de la ciudadana DEYANIRA MEDINA ALIENDO, mediante el sistema de distribución de causas, correspondiéndole el conocimiento de la misma a este Tribunal; désele entrada en los libros respectivos, anótese bajo el Nº 19325 y por cuanto en fecha 10 de diciembre de 2007, según Gaceta Oficial N° 5859, Parágrafo Cuarto, literal a, entro en Vigencia la Reforma de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescente y constituida como se encuentra la Sala de Juicio a que se refiere el artículo 177 de la mencionada Ley, este Tribunal DECLINA la Competencia del presente procedimiento al Juzgado de Protección de Niños, Niñas y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, en consecuencia se ordena la remisión del expediente a los fines legales consiguientes.-
EL JUEZ PROVISORIO,
EL SECRETARIO ACC,
DR. HECTOR DEL V. CENTENO G.
ABG. MAURICIO MATTIOLI
------En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO ACC,
HdVCG/nelly
EXP. N° 19325
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Los Teques, 30 de septiembre de 2009
199° y 150°
OFICIO No. 0855-
CIUDADANO:
JUEZ DISTRIBUIDOR DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN LOS TEQUES.
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle expediente original, signado con el Nº 19325 constante de diez (10) folios útiles, contentivo de la demandada DE RESOLUCION DE CONTRATO, presentada por la abogada ANA INES SANTANDER ORTIZ, quien actúa en nombre y representación de la ciudadana DEYANIRA MEDINA ALIENDO, en virtud de la declinatoria de la competencia por la materia.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.-
EL JUEZ PROVISORIO,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
HdVCG/nelly
EXP. N° 19325