REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA


San Antonio de Los Altos, 16 de septiembre de 2009
199° y 150°


Vistas la solicitud y documentación presentadas por los ciudadanos PEDRO IGNACIO GÓMEZ MARTÍNEZ e ISABEL SÁNCHEZ de GÓMEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad NROS 942.322 y 2.999.754, respectivamente; y evacuadas como han sido las declaraciones de los testigos presentados por los prenombrados ciudadanos; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009; DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos Pedro Ignacio Gómez Martínez e Isabel Sánchez de Gómez; sobre las mejoras y bienhechurías constituidas por una casa que tiene por nombre La Pedrera, compuesta de la siguiente manera: una (1) Vivienda Principal prefabricada Viposa, modelo Petunia, de un (1) sólo nivel, con un área total de construcción aproximada de ciento treinta y ocho metros cuadrados (138,00 Mts2); y un Área Social que consta de dos (2) niveles, fabricada con estructura de tubos y bloques, con un área total de construcción aproximada de setenta metros cuadrados (70,00 Mts2); lo que da un área total de construcción aproximada de DOSCIENTOS OCHO METROS CUADRADOS (208,00 Mts2); que en la presente solicitud se declaró haber construido sobre un inmueble de su propiedad, constituido por una parcela de terreno distinguida con el Nº 113-A, situada en la Calle Auyantepuy de la Urbanización Club de Campo, en jurisdicción del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda; que tiene una superficie aproximada de UN MIL SESENTA Y UN METROS CUADRADOS CON VEINTISÉIS CENTÍMETROS CUADRADOS (1.061,26 Mts2), según consta de Documento de Aclaratoria registrado ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Autónomo Los Salias del Estado Miranda, quedando protocolizado bajo el Nº 04, Tomo 15, Protocolo de Transcripción, en fecha 17/04/2009, y se encuentra aforado por la Dirección de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda bajo el Nº 0000848. Devuélvase a los solicitantes en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.

LA JUEZA TITULAR


LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ

EL SECRETARIO


MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ




Se deja constancia de que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.

EL SECRETARIO






Expediente Nº: S-2009-099
LCH / MMI / jge