REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 
 
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO 
 
GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
 
 ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
 
 
Los Teques, 23 de septiembre de 2009
 
                                                       199°      y      150°
 
 
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, suscrita por los ciudadanos NESTOR ALFREDO FILIPPINI REYES y VIRGINIA MARIA TORREALBA ROJAS, identificados en autos, asistidos por el abogado JOSÉ FRANCISCO CORRO PEREIRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 117.441, así como la justificación promovida y evacuada ante este Juzgado, en la cual rinden declaración las ciudadanas JESSICA CAROLINA TREJO MARCANO y JUANA DEL CARMEN MARCANO, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-19.014.631 y V- 12.529.237 respectivamente, por asuntos de herencia. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, decreta las mismas TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de los  solicitantes, ciudadanos NESTOR ALFREDO FILIPPINI REYES y VIRGINIA MARIA TORREALBA ROJAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 4.841.357 y V-5.074.987, respectivamente, para asegurar los derechos que tengan dichos ciudadanos en la Sucesión de la ciudadana VICTORIA ISABEL FILIPPINI TORREALBA, quien falleció en fecha 05 de julio de 2009, en su carácter de causahabientes de la prenombrada causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvanse originales las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
 
LA JUEZ TITULAR
 
 
 
DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
 
	           LA SECRETARIA TITULAR		
 
 
                     ABG. SOL SCARLET DÍAZ
 
 
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
 
LA SECRETARIA TITULAR		
 
 
 
ABG. SOL SCARLET DÍAZ
 
S.- N° 0800/2009
 
JVA/ssd/jn.-  
 
 
 
 
 
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