REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 17 de Septiembre de 2009.-
199° y 150°

Causa No. 3C6102/09

Juez: Dra. Rosa Elena Rael

Secretaria: Abg. Carolina Vento García

Fiscal: Dr. Martin Bracho, Fiscal Primero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda

Imputado: Rivero Faure Anderson Enrique


Defensa Privada: Dra. Adriana Rodríguez Pimentel



DECISIÓN:
Por los razonamientos anteriormente expuestos éste Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: No se califica la flagrancia del hecho por el cual resultó aprehendido el ciudadano RIVERO FAURE ANDERSON ENRIQUE, de nacionalidad venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, de Estado Civil soltero, de Profesión u oficio Moto Taxista, laborando actualmente en la Redoma de La Vega, para la línea Guerreros del Avila, de 24 años de edad, fecha de nacimiento 27-10-1984, hijo de JESUS ALBERTO RIVERO (v) y de ZAIDA IRFENE DE RIVERO (v), residenciado en La Vega, parte alta de los Mangos, urbanización la Montaña, bloque 13, planta baja, apartamento Nro. 00-06, Distrito Capital, número telefónico 0212-4628681 y 0412-0987353 y titular de la Cédula de Identidad N° V-16.662.088; por no encontrarse llenos los extremos establecidos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal y asimismo al no estar acreditados ninguno de los supuestos a que se contrae el artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en virtud de lo cual se acuerda la libertad plena e inmediata y sin restricciones del ciudadano RIVERO FAURE ANDERSON ENRIQUE, titular de la cedula de identidad N° V-16.662.088, en consecuencia, se ordena librar la correspondiente boleta de excarcelación, la cual se remitirá anexo a oficio dirigido al Jefe Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Los Teques. SEGUNDO: Se acuerda remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía Primera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en esta ciudad de Los Teques, a los fines que presente el acto conclusivo a que hubiere lugar.
Quedaron notificadas las partes en la audiencia respectiva, de conformidad con el encabezado del artículo 175 Ejusdem.-
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada. Cúmplase.-
La Juez de Control N° 3

Dra. Rosa Elena Rael Mendoza
La Secretaria


Abg. Carolina Vento García


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado. Y así lo certifico.

La Secretaria


Abg. Carolina Vento García

Exp N° 3C-6102/09
RER/cvg/rer.