Por las razones de hecho y de derecho expuestas precedentemente, este TRIBUNAL UNIPERSONAL PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSION VALLES DEL TUY, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento:

PRIMERO: SE ABSUELVE al ciudadano RONYER RUBEN CEDILLO VELASQUEZ, nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nª 17.650.366, natural de Ocumare del Tuy Estado Miranda, nacido en fecha 18.01.1986, de 21 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio indefinido, hijo de Rubén Cedillo y de carmen Velásquez, residenciado en Urbanización Dos Lagunas, Calle Principal, casa 33, Santa Teresa del Tuy, Estado Miranda, por la comisión del delito ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 458 ambos del Código Penal Venezolano; conforme a lo previsto en el artículo 366 del Código Adjetivo Penal, con relación al artículo 8 ejusdem y el artículo 49 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ya que no existe razonablemente la posibilidad de establecer su vinculación directa con los hechos acusados por el Ministerio Público.
SEGUNDO: Se decreta la Libertad Plena del prenombrado ciudadano.
TERCERO: Se exonera de las costas procesales.
CUARTO: Una vez declarada firme la presente sentencia, remítanse las actuaciones al archivo judicial correspondiente para su custodia y cuido.

Dada, sellada y refrendada en la sede del Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial del Estado Miranda Extensión Valles del Tuy, a los dieciocho (18) días del mes de septiembre del dos mil nueve (2009).
LA JUEZ PRIMERO DE JUICIO
SANDRA SATURNO MATOS
EL SECRETARIO
NEPTALY GONZALEZ
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO
NEPTALY GONZALEZ

LA JUEZ
DR. SANDRA SATURNO