REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO EXTENSIÓN VALLES DE TUY
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy
Valles del Tuy dieciocho de Septiembre de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: MP21-P-2007-001795
JUEZ: JESUS EMILIO MARCANO SALINAS.
FISCAL: VIGESIMO TERCERO DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN VALLES DEL TUY, Dr. VICTOR RAUL PUEMAPE.
DEFENSA: Dra. JOHANA LOPEZ (Defensa Privada)
IMPUTADO: LEONEL ALBERTO REVETE BOLIVAR.
VICTIMA: ROSIDYS VALENTINA RIVERO DIAZ.
DECISION: SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR MUERTE DEL ACUSADO.
Visto el Oficio Nº 0294- 08 de fecha 28 de febrero de 2008, suscrito por la Directora del Centro Penitenciario Región Capital Yare II, por medio del cual remite ACTA DE DEFUNCION del acusado, quien en vida respondiera al nombre de, LEONEL ALBERTO REVETE BOLIVAR, titular de la cédula de identidad Nº V-15.573.757, suscrita la Prof. IRAIDA AVILA DE MARTINO, Registradora Civil del Municipio Simón Bolívar del Estado Miranda.
Por cuanto se evidencia del Acta de Defunción, que el acusado LEONEL ALBERTO REVETE BOLIVAR, falleció el día Veinticinco de enero del Dos Mil Ocho, en el Penal Yare I, a causa de EDEMA CEREBRAL, LACERACION DE MASA ENCEFALICA, RUCTURA DEL CRANEO, HERIDA POR PASO DE PROYECTIL UNICO ENCERRADO POR ARMA DE FUEGO. Siendo certificado por la Dra. SARA MAISSI, Patólogo de la Medicatura Forense, Delegación Miranda del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas.
En virtud de los señalamientos realizados este Tribunal decide en los siguientes términos:
LOS HECHOS DE LA ACUSACION FISCAL
“Siendo aproximadamente las 03:20 horas de la tarde, del día 14 de septiembre de 2007, cuando los ciudadanos RIVERO DIAZ ROSIDYS VALENTINA…MARTINEZ VICTOR LUIS…iban a bordo de un vehiculo marca ford Ka , color blanco, en una cola por la entrada de la redoma de la Silsa…Charallave, se les acerco un ciudadano que vestía para el momento franela de color…y portando arma de fuego…y bajo amenaza de muerte, los despojo de sus pertenencias…buscando ayuda …a unos funcionarios policiales que se encontraban en un punto de control…originándose una persecución a pie logrando darle alcance a pocos metros….quedando el ciudadano aprehendido identificado como REVETE BOLIVAR LEONEL ALBERTO, portador de la cedula de identidad Nº V-15.573.757. Imputándole el Representante del Ministerio Público del Estado Miranda, la presunta comisión del delito ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal.
RAZONES DE HECHO Y DE DERECHO
De conformidad con lo establecido en el artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, que señala: “Son causas de extinción de la acción penal: 1. La muerte del imputado;…”. Igualmente se observa en el artículo 318 esjudem, el sobreseimiento procede cuando: “…3. La acción penal se ha extinguido o resulta acreditada la cosa juzgada…” (Subrayado del tribunal).
Como quedó establecido Ut Supra al constar en la causa el Acta de Defunción del acusado LEONEL ALBERTO REVETE BOLIVAR, expedida y suscrita por la Prof. Iraida Avila de Martino, Registradora Civil del Municipio Simón Bolívar del Estado Miranda., y recibida por este Tribunal en donde se hace constar que el ciudadano LEONEL ALBERTO REVETE BOLIVAR, falleció el día Veinticinco de enero del Dos Ocho, en el Penal Yare I, a causa de EDEMA CEREBRAL, LACERACION DE MASA ENCEFALICA, RUCTURA DEL CRANEO, HERIDA POR PASO DE PROYECTIL UNICO ENCERRADO POR ARMA DE FUEGO. Siendo certificado por la Dra. SARA MAISSI, Patólogo de la Medicatura Forense, Delegación Miranda del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, razón esta por lo cual debe declararse extinguida la acción penal en la presente causa, en vista del fallecimiento del precitado acusado, decretándose en consecuencia el SOBRESEIMEINTO DE LA CAUSA a favor del acusado LEONEL ALBERTO REVETE BOLIVAR. Y así se decide.
DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta el SOBRESEIMIENTO de la causa seguida al ciudadano acusado JLEONEL ALBERTO REVETE BOLIVAR, titular de la cédula de identidad Nº V-15.573.757, quien falleció el día Veinticinco de Enero del Dos Mil Ochos, en el Penal Yare I, a causa de EDEMA CEREBRAL, LACERACION DE MASA ENCEFALICA, RUCTURA DEL CRANEO, HERIDA POR PASO DE PROYECTIL UNICO ENCERRADO POR ARMA DE FUEGO., por cuanto se declaro extinguida la acción penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 numeral 1, en concordancia con el artículo 318 numeral 3 todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Remítase al Archivo Central de este Circuito Judicial Penal, para su posterior remisión al Archivo Judicial. Notifíquese a las partes. Líbrese Oficio.
EL JUEZ
Jesús Emilio Marcano
LA SECRETARIA
Nacaris Marrero
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en autos y se librándose los oficios correspondientes.-
LA SECRETARIA
Nacaris Marrero