REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sala de Juicio
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Estado Miranda
Extensión Barlovento. Juez Unipersonal N° II
Guatire, 30 de Septiembre del año 2009
199º y 150º
Revisadas las actas procesales que conforman el presente, analizado el contenido de la solicitud de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA TRAMITAR PASAPORTE , suscrito por la ciudadana MARIA DEL CARMEN MORALES GUILLOT, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.968.339, a favor de su hijo, (IDENTIDAD OMITIDA)de diez (10) años de edad, este Tribunal lo admite cuanto ha lugar en derecho en consecuencia y administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, autoriza a la ciudadana MARIA DEL CARMEN MORALES GUILLOT, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.968.339 que realice por ante el Servicio Administrativo de Identificación Migración y Extranjería (S.A.I.M.E.) las gestiones pertinentes para la obtención del Pasaporte de su hijo antes mencionado. Asimismo visto igualmente la petición que hiciere la solicitante en cuanto a la Autorización Judicial para Viajar, a favor de su hijo up supra, este tribunal acuerda notificar a la abogada IBIS TOUR, en su carácter de Fiscal Décimo Tercera del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial del Estado Miranda, asimismo se acuerda librar oficio dirigido al S.A.I.M.E. y al C.N.E., a los fines de solicitar datos migratorios y ultimo domicilio del padre ciudadano EDGAR MANUEL CONTRERAS SUAREZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.728.311. Por ultimo se fijará por auto separado la oportunidad para oír al niño antes identificado. Cúmplase lo ordenado. Líbrese lo conducente.
EL JUEZ
Abg. HELIO ANTONIO REQUENA BANDRES.
LA SECRETARIA TITULAR.
Abg. DAYANA ESTABA.
EXP Nº S-09/9948
HARB/Zunyin
Autorización Judicial Pasaporte y Viaje.
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