JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 21 de abril de 2010
199º y 151º
Vistas las actuaciones que anteceden, y recibido como fue el presente procedimiento por declinatoria de competencia por la materia, a solicitud de la Fiscal XI del Ministerio Público y por cuanto, se observa que el objeto de la acción es la rectificación del nombre del accionante, en la partida de Defunción de su Cónyuge, en el sentido de que en lugar de “PEDRO VICENTE ASCANIO MONAGAS”, diga “PEDRO VICENTE ASCANIO”, considera este Juzgado que dada la naturaleza de la rectificación solicitada, resulta aplicable al caso las previsiones contenidas en los artículos 770 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, por tanto, este Tribunal, ordena que la tramitación del presente procedimiento de RECTIFICACIÓN PARTIDA DE DEFUNCION, se prosiga conforme al juicio ordinario y de conformidad con el artículo 770 eiusdem, ordena emplazar mediante edicto a todas aquellas personas que puedan ver afectados sus derechos en virtud del presente procedimiento, para el décimo (10º) día de despacho siguiente a la publicación, fijación y consignación en el expediente, que del edicto ordenado se haga, el cual deberá ser publicado en el diario “EL AVANCE”, a fin de que tenga lugar el acto de contestación a la demanda. Líbrese edicto, en el cual se indicará claramente el objeto de la rectificación demandada. Se ordena notificar a la Fiscal Undécima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, a fin de que actúe en el proceso como parte de buena fe, y concurra a los actos del juicio, de conformidad con los artículos 131 (ordinal 3º) y 132 eiusdem. Líbrese boleta de notificación y adjúntesele copia certificada de la solicitud y del presente auto, una vez que sean consignados los fotostatos requeridos para tal fin. Se ordena la publicación del edicto en dimensiones que permitan su fácil lectura y destacándose el nombre de la solicitante y el motivo del juicio, mediante el uso del tipo de letra denominado negrita. Déjese constancia.-
LA JUEZA TITULAR,


ELSY MADRIZ QUIROZ
LA SECRETARIA TITULAR,


RUTH GUERRA MONTAÑEZ

En la misma fecha no se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente por falta de fotostatos.-
LA SECRETARIA,



EMQ/Yamilette
Exp. 29.308