REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO BOLIVARIANO MIRANDA

Carrizal, 14 de Abril de 2010
199° y 151°

Vistas las actuaciones que anteceden, este tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y de la Resolución Nro. 2009-0006, de fecha dieciocho (18) de marzo de 2009, debidamente publicada en Gaceta Oficial bajo el Nro. 39152, de fecha dos (2) de febrero del año en curso, DECLARA: la misma TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos LUIS GUILLERMO RAMOS CASTILLO Y REBECA EUGENIA MADURO VASQUEZ venezolanos, mayores de edad, de este domicilio titulares de las cedulas de identidad Nºs V-2.113.182 Y V-. 3.225.521 respectivamente, sobre las mejoras y bienhechurías, construidas sobre un lote de terreno de su propiedad según se evidencia de documento debidamente agregado al Cuaderno de Comprobante de la Oficina Subalterna de Registro Publico del Distrito Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda bajo los Nros. 292 y 293, folios 441 y 442, correspondiente al Tercer Trimestre del año 1.970, registrado en fecha 28 de Agosto de 1.970,bajo el Nº 43, folio 102, Protocolo 1º,, Tomo 5, dicho terreno se encuentra ubicado en Urbanización Pan de Azúcar Calle Emilia, Sector Residencial en el Plano de Parcelamiento, Primera Etapa jurisdicción del Municipio Carrizal del Estado Bolivariano de Miranda, el cual tiene una superficie aproximada de MIL QUINIENTOS CATORCE METROS CUADRADOS CON SIETE DECIMETROS CUADRADOS (1.514,07 m2), cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvase en originales las presentes actuaciones a los solicitantes, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual fue redactada por la abogada GLADYS ESTRELLA RAVELL USECHE inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 15.221. El tribunal certifica que tuvo a su vista los siguientes documentos originales: A) Documentos de venta de GABRIEL TORRES OLIVARES A LUIS GUILLERMO RAMOS CASTILLO. B) Copias de las cedulas de identidad de LUIS GUILLERMO RAMOS CASTILLO Y REBECA EUGENIA MADURO VASQUEZ. C) Copias del plano topográfico-.
Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este tribunal.
La Juez,

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Dra. Liliana A. González G.

El Secretario,

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Abg. José A. Freitas

En la misma fecha se de hoy, se devuelve la presente actuación a la parte solicitante, constante de SEIS (06) folios útiles.
El Secretario,
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Abg. José A. Freitas
Lagg/Jaf/gt
S. 1774-10