REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA



San Antonio de Los Altos, 16 de abril de 2010
199° y 151°

Recibido como ha sido el presente escrito de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por los ciudadanos CARLOS GABRIEL DE SOUSA DA SILVA y JESSIKA ANDREA DE SOUSA DA SILVA, debidamente asistidos por la abogada Clara Josefina Navas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 19.297, así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: Carlos Gabriel De Sousa Da Silva y Jessika Andrea De Sousa Da Silva, quienes son hijos de la causante, titulares de las Cédulas de Identidad NROS V-16.887.301 y V-19.930.290, respectivamente, en la sucesión de la ciudadana ISABEL DA SILVA de DE SOUSA, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V- 6.462.013, y quien falleció en fecha 8 de febrero de 2009; en su carácter de causahabientes de la prenombrada causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase a los solicitantes en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZA TITULAR
EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ

MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ







Expediente N°: S-2010-025
LCH / MMI / jge