REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO
GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 8 de Abril de 2010
199° y 150°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, suscrita por lel ciudadano PARRA DELGADO JAIME GABRIEL, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y portador de la cédula de identidad No. 13.600.603, así como la justificación promovida y evacuada ante este Juzgado, en la cual rinden declaración los ciudadanos IRIS EGLEE CONGUTA ESCALANTE y ADONAI ROGELIO RANCEL POVEDA, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad N° 12.994.028 y 14.851.593 respectivamente, por asuntos de herencia. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, decreta las mismas TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de los CIUDADANOS LORCA DELGADO EMMANUEL, PARRA DELGADO AMARILYS MILAGRO, PARRA DELGADO JAIME GABRIEL, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y portadores de las cédulas de identidad Nos. 18.738.143, 16.148.029 Y 13.600.603, respectivamente, para asegurar los derechos que tenga dichos ciudadanos en la Sucesión de la ciudadana DELGADO DIAZ ROMELIA MILAGROS, quien falleció en fecha 1 de Enero de 2009, en su carácter de causahabiente del prenombrado causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvanse originales las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
LA JUEZ TITULAR


DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
LA SECRETARIA TITULAR

ABG. SOL SCARLET DÍAZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
LA SECRETARIA TITULAR


ABG. SOL SCARLET DÍAZ



S.- N° 1038/2010