REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 07 de Abril de 2010.-
199° y 150°
Causa No. 3C6342-10

Juez: Dra. Rosa Elena Rael

Secretaria: Abg. Yulida H. Ríos Marín

Fiscal: Dr. Daniel Flores, Fiscal Auxiliar Primero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.

Imputados: Ziade Mustafa Mohamed Jesús y Ziade Mustafa Ahmad Jorge

Victima: Ortega Sierra Nelson Gregorio

Defensa Privada: Abg. Carlos Guaita Velásquez

Delito: Lesiones Intencionales de Carácter Leves en Riña,


DECISIÓN:
Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: No se califica la flagrancia del hecho por el cual resultaron aprehendidos los ciudadanos ZIADE MUSTAFA MOHAMED JESUS y ZIADE MUSTAFA AHMAD JORGE, por cuanto el mismo se inicio por denuncia; razón por la cual no se encuentran llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; por lo que se insta al Fiscal del Ministerio Público a aperturar averiguación a los funcionarios actuantes en el presente procedimiento de detención por la flagrante violación del artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; de cuyas resultas deberá informarse éste Juzgado. SEGUNDO: Se acuerda que la presente causa se siga por los trámites del procedimiento penal ordinario, de conformidad con el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 11, 13, 280, 282 y 300 eiusdem; y artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En consecuencia se acuerda la remisión de las actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público, en su oportunidad legal correspondiente. TERCERO: Estima el Tribunal que los hechos se subsumen en la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES DE CARACTER LEVES EN RIÑA, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal Venezolano en concordancia con el artículo 425 ejusdem. CUARTO: En relación a la solicitud de la medida de coerción personal realizada por el Fiscal del Ministerio Público, éste Tribunal observa la concurrencia de los supuestos establecidos en los numerales 1, 2 y 3 del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia impone a los ciudadanos ZIADE MUSTAFA MOHAMED JESUS y ZIADE MUSTAFA AHMAD JORGE, las medidas cautelares sustitutivas de libertad, establecidas en los numerales 3 y 6 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente la primera en la presentación periódica por ante la sede de éste Tribunal, cada treinta días (30) días, por el lapso de seis (06) meses y la segunda en la prohibición expresa de acercarse la víctima de los hechos narrados, el ciudadano BREINDEMBACH STRUBINGER MIGUEL ANTONIO. Líbrese boletas de excarcelación a nombre de los ciudadanos ZIADE MUSTAFA MOHAMED JESUS Y ZIADE MUSTAFA AHMAD JORGE y remítanse con oficio al Cuerpo de investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Los Teques. Se acuerdan las copias solicitadas por las partes.
Quedaron notificadas las partes en la audiencia respectiva, de conformidad con el encabezado del artículo 175 Ejusdem.-
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada. Cúmplase.-
La Juez de Control N° 3

Dra. Rosa Elena Rael Mendoza


La Secretaria


Abg. Yulida H. Ríos Marín
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado. Y así lo certifico
La Secretaria


Abg. Yulida H. Ríos Marín
Causa: N° 3C6342-10
RER/YRM/RER.