REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL EXTENSIÓN BARLOVENTO

CAUSA: 4C-2640-09

Visto el escrito presentado en fecha: 03 de marzo de 2010, y entregada al Juez Titular en fecha: 08 de abril de 2010, revisadas y analizadas como han sido las actas que conforman la presente causa, y vista la solicitud planteada por Profesional del Derecho: RODOLFO JOSE BARROSO GONZALEZ, en representación del Imputado: FRANKLIN RAMON HURTADO.
Ahora bien, visto que del cuerpo vivo del expediente se desprende que el precitado Acusado, ha cumplido cabalmente y puntualmente con la medida impuesta por éste Juzgado de presentación cada OCHO (08), días, es por ello que de conformidad con el artículo 264 Código Orgánico Procesal Penal y 49 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, SE ACUERDA, otorgarle al Imputado: GIOVANNY RAFAEL BADASSARRE RUIZ, la extensión de sus presentaciones cada DIAS Quince (15), por ante la secretaria de este Tribunal, la salida de la jurisdicción del Distrito Capital y Estado Miranda, previa autorización del Tribunal, así mismo deberá permanecer en el domicilio que conste en el expediente, y cualquier cambio deberá notificarlo inmediatamente al Tribunal, y en consecuencia acuerda mantener dicha medida, ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 244 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECLARA.


DISPOSITIVA:

Por lo antes expuesto este Juzgado Cuarto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda Extensión Barlovento, con sede en Guarenas y administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad en lo establecido con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal y 49 de la Constitución Bolivariana de la República de Venezuela, SE DECRETA PRIMERO: DECRETA PARCIALMENTE, con lugar, la solicitud interpuesta por la defensa privada en cuanto a la extensión de la presentación ante la coordinación de alguacilazgo, otorgarle al Imputado: FRANKLIN RAMON HURTADO, la extensión de sus presentaciones cada QUINCE DIAS (15). CUARTO: Notifíquese a las partes de la presente decisión judicial.
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y NOTIFIQUESE.

DR. JORGE LUIS GAVIRIA LINARES,
JUEZ CUARTO DE CONTROL.



DRA. JESUSITA MARCANO,
LA SECRETARIA



CAUSA: 4C-2640-09
JLGL.