REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y PEDRO GUAL
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.

RIO CHICO, 03 DE AGOSTO DE 2010.
200º Y 151º

Una vez visto todos y cada uno de los instrumentos legales que acompañan la presente solicitud, este Juzgado sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano: CIPRIANO RAMON LANDAEZ, de nacionalidad venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº: V-12.453.683, sobre unas bienechurias asentadas en un lote de terreno Municipal, ubicado en la calle principal de la comunidad de las Marías Parroquia Río Chico, jurisdicción del Municipio Páez del Estado Bolivariano de Miranda, según consta en autorización emanada de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Páez de fecha dieciocho (18) de Mayo de dos mil diez (2.010), bajo el código catastral numero 15-14-01-R00-033-000-000-000-000-000, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas. Se ordena dejar constancia en el libro diario y copia certificada en el archivo de este Juzgado.- Cúmplase.--------------------------------------------------
EL JUEZ,


EMERSON LUIS MORO PÉREZ.
LA SECRETARIA


MARIA ANTONIETA PACHECO BAUTE.



ELMP/mapb/famc
Solicitud Nº 2010-163

MARIA ANTONIETA PACHECO BAUTE, Secretaria del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Río Chico, CERTIFICA, que las copias que anteceden constante de quince (15) folios útiles, son traslado fiel y exacto de sus originales, inclusive su carátula de la solicitud de TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD Nº 2.010-163, nomenclatura de este juzgado.- Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.- En Río Chico, a los tres (03) días del mes de Agosto del año dos mil diez (2010).--------------------------------------------------------------------------------


LA SECRETARIA,


MARIA ANTONIETA PACHECO BAUTE.





































MAPB/famc.-
Solicitud Nº 2.010-163.