REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO BOLIVARIANO MIRANDA
Carrizal, 12 de Agosto de 2010
200° y 151°
Vistas las actuaciones que anteceden, este tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y de la Resolución Nro. 2009-0006, de fecha dieciocho (18) de marzo de 2009, debidamente publicada en Gaceta Oficial bajo el Nro. 39152, de fecha dos (2) de febrero del año en curso, DECLARA: la misma TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos JUAN PABLO CONTRERAS ROSALES Y TANIA FRANCISCA OROPEZA DE CONTRERAS, Venezolanos, mayores de edad, de este domicilio titulares de las cedulas de identidad Nº.. V-1.627.666 y 2.139.887 respectivamente según se evidencia de documento registrado ante la Oficina Subalterna de Registro Publico del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda en fecha 23 de Febrero de 1.997, quedando registrado bajo el número 53, Protocolo Primero, Tomo 15, Primer Trimestre inscrito ante la Dirección de Catastro de la Alcaldía del Municipio Carrizal, bajo el Nº 7852, dicho terreno esta ubicado en urbanización Colinas de Carrizal en el sector El Golf del Ramal 1, casa Isamar del Municipio Carrizal del Estado Bolivariano de Miranda y tiene una superficie aproximada de QUINIENTOS SIETE, METROS CUADRADOS (507,00 m2), cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvase en originales las presentes actuaciones a los solicitantes, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual fue redactada por la abogada SHELLEY GIRON GUERE., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 63.043. El tribunal certifica que tuvo a su vista los siguientes documentos originales: A) documento registrado ante la Oficina Subalterna de Registro Publico del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda en fecha 23 de Febrero de 1.997, quedando registrado bajo el número 53, Protocolo Primero, Tomo 15, Primer Trimestre. B) Cedulas de identidad de JUAN PABLO CONTRERAS ROSALES Y TANIA FRANCISCA OROPEZA DE CONTRERAS. .
Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este tribunal.
La Juez,
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Dra. Liliana A. González G.
El Secretario,
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Abg. José A. Freitas
En la misma fecha se de hoy, se devuelve la presente actuación a la parte solicitante, constante de seis (06) folios útiles.
El Secretario,
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Abg. José A. Freitas
Lagg/Jaf/gt
S. 1862-10
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