REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO BOLIVARIANO MIRANDA
Carrizal, 13 de Agosto de 2010
200° y 151°
Vistas las actuaciones que anteceden, este tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y de la Resolución Nro. 2009-0006, de fecha dieciocho (18) de marzo de 2009, debidamente publicada en Gaceta Oficial bajo el Nro. 39152, de fecha dos (2) de febrero del año en curso, DECLARA: la misma TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano OLEGARIO ORTEGA PULIDO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V-22.667.673, sobre las mejoras y bienhechurías, construidas sobre un lote de terreno de su propiedad según se evidencia de documento debidamente protocolizado por ante la Oficina de Registro Publico del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda en fecha 15 de Enero del 2010, bajo el Nº 2010-76, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 229.13.17.1.814 y correspondiente al Libro de Folio real del año 2010, ubicado en Comunidad Barola, Sector Los Hidalgos, Calle Los Hidalgos, casa 19 en Jurisdicción del Municipio Carrizal del Estado Bolivariano de Miranda, el cual tiene una superficie aproximada de construcción de SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y CINCO CENTIMETROS (148,55 m2), cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvase en originales las presentes actuaciones a los solicitantes, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual fue redactada por el abogado EDUARDO GARCIA MENDOZA inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 91.281. El tribunal certifica que tuvo a su vista los siguientes documentos originales: A) Documento debidamente protocolizado por ante el Registro Publico del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda en fecha en fecha 15 de Enero del 2010, bajo el Nº 2010-76, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 229.13.17.1.814 y correspondiente al Libro de Folio real del año 2010. B) Plano topográfico.
. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este tribunal.
La Juez,
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Dra. Liliana A. González G.
El Secretario,
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Abg. José A. Freitas
En la misma fecha se de hoy, se devuelve la presente actuación a la parte solicitante, constante de cuatro (04) folios útiles.
El Secretario,
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Abg. José A. Freitas
Lagg/Jaf/gt
S. 1863-10
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