REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
San Antonio de Los Altos, 12 de agosto de 2010
200° y 151°
Vistas la solicitud y documentación presentadas por la abogada Karina Alexandra Ferreira Vieira, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad NRO 15.518.217, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 121.283, actuando en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil “AUTO PREMIUM, C.A.”, parte solicitante, según consta en poder apud-acta que el ciudadano José Manuel Argiz Riocabo, venezolano, mayor de edad, casado, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 3.139.083, le confirió en su carácter de Presidente de la misma; y evacuadas como han sido las declaraciones de los testigos presentados por la empresa solicitante; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009; DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la Sociedad Mercantil “AUTO PREMIUM, C.A.”; sobre las mejoras y bienhechurías constituidas por un Edificio Comercial ubicado en el Km. 16, hacia la margen izquierda de la Carretera Panamericana, en el tramo comprendido desde San Antonio de Los Altos hacia Los Teques, Sector Las Minas de la población de San Antonio de Los Altos, Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda; con un área aproximada total de construcción de SEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CERO DECÍMETROS CUADRADOS (6.442,00 Mts2), distribuida en seis (6) niveles así: Planta Sótano: con un área aproximada de Un Mil Doscientos Doce Metros Cuadrados con Cero Decímetros Cuadrados (1.212,00 Mts2); Planta Semi-Sótano: con un área aproximada de Un Mil Ciento Cincuenta y Cuatro Metros Cuadrados con Cero Decímetros Cuadrados (1.154,00 Mts2); Planta Baja: con un área aproximada de Un Mil Ciento Cincuenta y Cuatro Metros Cuadrados con Cero Decímetros Cuadrados (1.154,00 Mts2); Planta Mezzanina: con un área aproximada de Novecientos Veinticuatro Metros Cuadrados con Cero Decímetros Cuadrados (924,00 Mts2); Planta Primer Piso: con un área aproximada de Un Mil Ciento Cincuenta y Cuatro Metros Cuadrados con Cero Decímetros Cuadrados (1.154,00 Mts2); Planta Segundo Piso: con un área aproximada de Ochocientos Cuarenta y Cuatro Metros Cuadrados con Cero Decímetros Cuadrados (844,00 Mts2); que en la presente solicitud se declaró haber construido (por autorización efectuada ante este despacho por el ciudadano JOSÉ MANUEL ARGIZ RIOCABO, plenamente identificado en autos, actuando en su propio nombre y en representación de su cónyuge la ciudadana MARÍA CARMEN TRILLO DE ARGIZ, quien es de nacionalidad española, mayor de edad, y titular de la Cédula de Identidad Nº E- 841.637, representación esta que consta de poder debidamente protocolizado ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Chacao del Estado Miranda, en fecha veinticinco (25) de Agosto de Mil Novecientos Noventa y Siete (1997), bajo el Nº 47, Tomo 4, Protocolo tercero), sobre un lote de terreno ubicado en el Km. 16 de la Carretera Panamericana, lote S/N, propiedad del ciudadano JOSÉ MANUEL ARGIZ RIOCABO, antes identificado; cuyos linderos y medidas constan en autos, y que se encuentra aforado por la Dirección de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda bajo el Nº 0021265; que tiene una superficie aproximada de UN MIL OCHOCIENTOS VEINTIÚN METROS CUADRADOS CON CINCUENTA DECÍMETROS CUADRADOS (1.821,50 Mts2), según consta de Documento protocolizado ante la Oficina de Registro Público del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, quedando inscrito bajo la matrícula: 04P01T09Nº31, en fecha veinte (20) de diciembre de dos mil cuatro (2004).
Devuélvase a la solicitante en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.
Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZA TITULAR
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ EL SECRETARIO
MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ
Se deja constancia de que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO
Expediente Nº: S-2010-099
LCH / MMI / jge
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