JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO TÀCHIRA. Independencia, 13 de agosto de 2010.
200º y 151º
Vista el acta de fecha 13 de agosto de 2010, suscrita por los ciudadanos DEISY LISBETH CHACÓN GAMBOA Y NELSON ENRIQUE USECHE, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.228.427 y V-15.079.917 respectivamente; mediante la cual el demandado ciudadano Nelson Enrique Useche, conviene en la solicitud de obligación de manutención, presentada por la ciudadana Deisy Lisbeth Chacón Gamboa; por cuanto dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público competente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZA TEMPORAL,

ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
LA SECRETARIA,

ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) _________, quedó registrada bajo el Nº __________, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y boleta de notificación.

Abg. Maurima Molina / Secretaria

Exp. Nº 1978/2003
BYVM/lcm.
Va sin enmienda.