En el día de hoy Lunes dos (02) de Agosto de Dos Mil Diez (2010), siendo las 09:30 am, se trasladó éste Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Ayacucho, Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y se constituyó en un inmueble consistente en un terreno y las mejoras sobre el construidas, ubicado en la carrera 11entre calles 5 y 6, signado con el N° 5-55, Barrio La Esperanza de San Juan de Colon, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, a fin de practicar la Inspección Judicial, ordenada por el Juzgado del Municipio Ayacucho de esta Circunscripción Judicial, librada en la Solicitud N° 284410 y solicitada por la Ciudadana: BISRLANDY INES RUIZ MÁRQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.124.694, civilmente hábil, domiciliada en San Juan de Colón del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, debidamente asistida en este acto por el Abogado en ejercicio, Ciudadano: NESTOR OSIRIS RUEDA GIL, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.090.807, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.622, del mismo domicilio; quien solicito el derecho de palabra y concedido como le fue por este Tribunal Ejecutor, expuso: “A los fines de dar cumplimiento con la Inspección Judicial, ordenada por el Tribunal Comitente, solicito de nuevo a este digno Tribunal Ejecutor de Medidas, se designe al Ciudadano: HERNÁN JOSE RAMIREZ ZAMBRANO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-2.549.344, civilmente hábil, y de este domicilio en su condición de topografo, para que cumpla funciones de perito y sea quien acompañe al tribunal para la practica de la presente solicitud de Inspección Judicial tal como fue solicitado por diligencia y acordada en autos, es todo”. Seguidamente este Tribunal, visto lo solicitado por la parte solicitante y su Abogado asistente, supra identificados, acuerda nombrar y juramentar al ciudadano: HERNÁN JOSE RAMIREZ ZAMBRANO, ya identificado, como perito; a fin de que acompañe al tribunal en la practica de la Inspección Judicial, tal como fue solicitado por la solicitante y su abogado asistente ya identificados, quien a su vez expuso: “Acepto el cargo en mi recaído y juro cumplir bien y fielmente con todo lo inherente al mismo”. Constituido este Tribunal Ejecutor de Medidas, en el referido inmueble , junto con la solicitante y su Abogado asistente, supra identificados, y con el perito designado, procede a dejar expresa constancia de que se acceso al interior del inmueble y se procedió a recorrer el mismo verificándose y constatándose las medidas y colindancias, guiados en su trayecto por el perito topografo designado en la presente acta, ya identificado, quien informa a este Tribunal que la herramienta a utilizar en la presente inspección se trata de una cinta métrica; en tal sentido rinde su informe de la siguiente manera: Se trata de un inmueble signado con el N° 5-55 y no 5-45 como erróneamente se refleja en la solicitud, cuyas medidas y linderos son las siguientes; NORTE: Con propiedades que son o fueron de José Mercedes Chacon, de V7 al V14 en línea quebrada mide 52,77 metros; SUR: con propiedades que son o fueron de Benicio Fructuoso Casanova y Ana Lucila Molina de Casanova de V1 a V6 en línea quebrada que mide 45,92 metros. ESTE: Con vía publica (carrera 11) mide 4,97 metros y por el OESTE: Con Propiedades que son o fueron de Benicio Fructuoso Casanova y Ana Lucila Molina de Casanova, de V6 y V7, en línea que mide 10,87 metros. Para un área total de 363,90 Metros cuadrados aproximadamente, En este acto este Tribunal Ejecutor de Medidas, deja constancia que el inmueble donde se constituyo este Tribunal se encuentra identificado en su frente con el Numero 5-55, y las medidas y linderos aportados en la presente acta fueron verificadas y las mismas no coinciden con los que rielan en los folios 11,12,13,14,15 presentes en el Informe y croquis, anexado en el Exhorto, levantados por el topografo, ciudadano: HERNÁN JOSE RAMIREZ ZAMBRANO, ya identificado. En este estado pide la palabra la parte solicitante y su abogado asistente, y concedida como le fue expuso: “Solicito a este digno Juzgado Ejecutor de Medidas, conceda al perito designado un plazo de dos días hábiles a fin de que consigne ante este Tribunal el informe de mensura y croquis de las medidas y linderos aquí señaladas y verificadas en el presente acto, a fin de que sean anexadas a la presenta para su tecnicismo y apoyo documental, es todo”. Seguidamente la juez Ejecutora Acuerda concederle el plazo solicitado de dos días hábiles a partir de la presente fecha para la consignación de los mismos para ser agregada posteriormente a la presenta acta. No siendo otro el objeto de este Tribunal Ejecutor de Medidas, declara cumplido el presente exhorto, relacionado con la Inspección Judicial, ordenada por el Tribunal comitente. Se declara concluido el acto a las 10:45 pm, y regresa a su sede natural, así mismo, se acuerda dejar copia fotostática de las respectivas actuaciones para el archivo de este Juzgado. Se hace constar que los traslados efectuados por este Tribunal, no generan aranceles ni emolumentos, son totalmente gratuitos. Es todo, término, se leyó y conformes firman.-

JUEZ EJECUTORA PROVISORIA


ABG: SAIDA YAMILKA PRADA CHACON


LA SOLICITANTE:

BISRLANDY INES RUIZ MARQUEZ

ABOGADO ASISTENTE

NESTOR OSIRIS RUEDA GIL


EL PERITO DESIGNADO
LA SECRETARIA TEMPORAL

TOPOGRAFO: HERNÁN J RAMIREZ Z ZULAY C RIVAS P.


















Exhorto N° 724/2010