REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES
Los Teques, 30 de agosto de 2010.-
200° y 151°
N° 14.
Asunto: 3CS-517-10.
Juez: Dr. José Benito Vispo López.
Secretaria: Abg. Idania Meléndez Figueredo.
Solicitud: Orden de allanamiento.
Solicitante: Fiscal 3° a del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Dra. Yoselina Fernández.
Organismo Policial Actuante: Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas.
DECISIÓN:
Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, AUTORIZA practicar ALLANAMIENTO en el inmueble ubicado en la siguiente dirección: …omissis…; a los fines de la búsqueda de …omissis…, así como cualquier otro elemento racionalmente vinculable a la comisión del hecho punible investigado, que contribuya al total esclarecimiento del mismo. Dicho allanamiento deberá efectuarse por los funcionarios: 1.-Inspector Bladimir Gutiérrez, credencial 20.377; 2.-Sub-Inspector Rufino Mendoza, credencial 25.626; 3.-Detectives Francisco Moreno; Credencial 32.534; 4.-Johan Rosquel, credencial 33.598; 5.-Agentes Oswaldo Navarro Credencial 33.257,6.- Franklin Chacón, Credencial 33.419, 7.- Experto Profesional Rommel Díaz Credencial 30.958, adscritos al Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales Y Criminalísticas, Sub Delegación Miranda; en virtud de la Investigación Penal signada bajo el N° I-395.750, que adelanta la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los artículos 210, 211 y 212, todos del Código Orgánico Procesal Penal. La presente autorización tiene una duración de Cinco (05) días continuos contados a partir de la presente fecha.
Expídase la correspondiente orden, en tres ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto.
Se declara Con Lugar el requerimiento de la Vindicta Pública.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada. Cúmplase
El Juez Tercero de Control
Abg. JOSE BENITO VISPO LOPEZ
La Secretaria
Abg. Idania Meléndez
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
La Secretaria
Abg. Idania Meléndez
Solicitud N° 14
Asunto: 3CS-517-10.
JBV.-