REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 13 de agosto de 2010
200° y 151°

Causa N° 4C6232/09
JUEZ: Dra. NANCY MARINA BASTIDAS
SECRETARIO: ABG. FRANCISCO DELGADO
FISCAL: Fiscal Auxiliar Primero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
IMPUTADOS: MOTA BIROT JULIO CESAR, titular de la cédula de identidad N° 8.520.265 y ÁLVAREZ GONZÁLEZ RICHARD JOSÉ, titular de la cédula de identidad N° 13.074.694.
DEFENSA: MARCOS CARAUCAN, Defensor Público Penal.

Visto el escrito presentado por el Abg. MARCOS CARAUCAN, Defensor Público Penal del Estado Miranda, en representación de los ciudadanos MOTA BIROT JULIO CESAR, titular de la cédula de identidad N° 8.520.265 y ÁLVAREZ GONZÁLEZ RICHARD JOSÉ, titular de la cédula de identidad N° 13.074.694, imputados en la causa signada con el N° 4C6232/09, mediante el cual solicita el cese de sus presentaciones.
Este Tribunal antes de decidir previamente observa:
El artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal expresa:

“Siempre que lo supuestos que motivan la privación judicial preventiva de libertad puedan ser razonablemente satisfechos con la aplicación de otra medida menos gravosa para el imputado, el Tribunal competente, de oficio o a solicitud del Ministerio Público o del imputado, deberá imponerle en su lugar, mediante resolución motivada, algunas de las medidas siguientes…”.

En el presente caso podemos observar que en fecha 31/10/09 este Tribunal acordó la medida cautelar sustitutiva de libertad prevista en el artículo 256 ordinal 3° la cual se refiere a la presentación periódica ante el Tribunal por un lapso de seis (06) meses, hasta la presente fecha ha transcurrido más del tiempo establecido.

En consecuencia, este Tribunal por ser procedente y ajustado a derecho DECRETA EL CESE DE LAS PRESENTACIONES y a tal efecto ordena estampar la nota en el libro de presentaciones correspondiente.

DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud formulada por el Abg. MARCOS CARAUCAN, defensor de los ciudadanos MOTA BIROT JULIO CESAR, titular de la cédula de identidad N° 8.520.265 y ÁLVAREZ GONZÁLEZ RICHARD JOSÉ, titular de la cédula de identidad N° 13.074.694 y en consecuencia ORDENA EL CESE DE LAS PRESENTACIONES DE LOS REFERIDOS CIUDADANOS, en virtud de que dicha medida cautelar fue impuesta en fecha 31/10/09 y desde esa fecha hasta la presente ha transcurrido más del tiempo establecido, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda estampar nota en el libro de presentaciones.
La Juez

Dra. NANCY MARINA BASTIDAS
El Secretario


Abg. FRANCISCO DELGADO


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

El Secretario


Abg. FRANCISCO DELGADO




Causa N° 4C6232/09
NMB/FD/angela.-