REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO LOS TEQUES
Los Teques, 19 de agosto de 2010
200º y 151º
CAUSA Nº 2M236-10
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
ACUSADO: Wuillian Alexander Mijares Mijares, cédula de identidad número V-11.924.835. Detenido en el Internado Judicial de Los Teques, estado Miranda.
FISCAL: Fiscal Décimo Segundo del Ministerio Público del estado Miranda.
DEFENSA: Defensor Público Séptima Penal de Los Teques.
DELITO: Abuso sexual a niña, sancionado en el artículo 259 segundo y tercer aparte de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes.
PENA IMPUESTA: 20 años de prisión y penas accesorias del artículo 16 del Código Penal.
Mediante oficio s/n, fechado 29 de julio, la Directora del Internado Judicial de Los Teques, solicita autorización para trasladar al acusado Wuillian Alexander Mijares Mijares, portador de la cédula de identidad número V-11.924.835, al Complejo Ferial Vicente Emilio Sojo con sede en Guatire, estado Miranda, el día 21 de agosto de 2010, a los fines que asista al evento cultural pautado para esa fecha. Decide este Juez en los siguientes términos:
I
El ciudadano Wuillian Alexander Mijares Mijares, portador de la cédula de identidad número V-11.924.835, fue aprehendido en fecha 17-10-2008, manteniéndose en esa situación hasta el día de hoy.
En fecha 15 de junio de 2010, previa distribución realizada al efecto, se recibe la presente causa en este Tribunal en función de juicio nro. 2 con sede en Los Teques.
El ciudadano Wuillian Alexander Mijares Mijares fue condenado por este Tribunal, conforme lo prevé el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, en fecha 2 de agosto de 2010, a cumplir la pena de 20 años de prisión y penas accesorias del artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de Abuso Sexual a Niña, sancionado en el artículo 259 segundo y tercer aparte de la Ley Orgánica para la Protección del Niños Niñas y Adolescentes.
II
Solicita la Directora del Internado Judicial de Los Teques, mediante oficio s/n, fechado 29-7-2010 y recibido en fecha 17 del mes en curso, autorización para trasladar al ciudadano Wuillian Alexander Mijares Mijares al Complejo Ferial Vicente Emilio Sojo con sede en Guatire, estado Miranda, el día 21 de agosto de 2010, a los fines que asista al evento cultural, pautado para esa fecha.
Este Tribunal, toda vez que la función que persigue el Estado Venezolano, es la rehabilitación de los ciudadanos privados de libertad y consecuente reinserción social, siendo la actividad cultural, en todas sus manifestaciones, un medio idóneo a tal fin, es por lo que estima quien suscribe, procedente y ajustado a derecho, autorizar la solicitud presentada. Así se decide.
Deberá la Directora del establecimiento carcelario, girar las instrucciones pertinentes a objeto de la seguridad y custodia del traslado, pues una vez cumplida la actividad, deberá ser reintegrado el prenombrado ciudadano al centro de reclusión.
DISPOSITIVA
Este Tribunal de Primera Instancia Penal en función de Juicio nro. 2 del Circuito Judicial Penal del estado Miranda con sede en Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, autoriza el traslado del ciudadano Wuillian Alexander Mijares Mijares, cédula de identidad número V-11.924.835, quien se encuentra recluido en el Internado Judicial de Los Teques, al Complejo Ferial Vicente Emilio Sojo, con sede en Guatire, estado Miranda, el día 21 de agosto de 2010, con el objeto de asistir al evento cultural pautado para esa fecha.
Líbrese oficio a la Directora del Internado Judicial de Los Teques, a los fines de llevarse a efecto el traslado con las seguridades del caso.
Publíquese. Regístrese. Notifíquese y líbrese lo conducente. Déjese copia autorizada. Líbrese oficio.
EL JUEZ,
LIESKA DANIELA FORNES DÍAZ
EL SECRETARIO,
ELÍAS SILVERIO ALEJOS
2M-236-10
WUILLIAN ALEXANDER MIJARES MIJARES
Permiso actividad cultural Guatire, estado Miranda
19-8-2010