REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN LOS TEQUES

Los Teques, 2 de Agosto de 2010
200° y 151°

CAUSA: 2E-104-09


JUEZ: Abg. GINETH OUTUMURO PULIDO

SECRETARIA: Abg. ROSANNA CONSTANTINO


PENADO: CARVAJAL RINCON PABLO ENRIQUE, venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad Número V- 18.537.706.

DEFENSA PUBLICA: Abg. LUIS CESAR RUBIO

FISCAL: DECIMO DEL MINISTERIO PUBLICO EN MATERIA DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDUCIAL DEL ESTADO MIRANDA.


Vista la solicitud presentada por el Abg. LUIS CESAR RUBIO, en su carácter de defensor publico del penado CARVAJAL RINCON PABLO ENRIQUE, antes identificado; mediante el cual solicita la extensión de la regularidad de sus presentaciones ante la sede de este Juzgado Segundo de Ejecución; este Tribunal a fin de decidir, observa:


De la revisión de las actas que conformar la presente causa, se evidencia que el penado se encuentra bajo presentaciones cada ocho (8) días ante la secretaría de este Tribunal; en virtud de que en fecha 24 de Febrero de 2010, le fue acordada mediante decisión la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena; siendo que ha venido dando cabal cumplimiento a la misma; tal como se desprende del libro respectivo; así mismo se desprende de constancia de Trabajo que el mismo labora en Altagracia de la Montaña. Chaguaramas, razones por las cuales estima esta Juzgadora que lo procedente y ajustado a derecho es EXTENDER el lapso de las presentaciones del acusado a cada VEINTE (20) DÍAS. Y ASÍ SE DECLARA.

DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos expuestos, es por lo que este Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda; administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, ACUERDA EXTENDER la regularidad de las presentaciones del acusado CARVAJAL RINCON PABLO ENRIQUE, venezolana, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad Número V- 18.537.706, por lo que la mismo deberá presentarse ante la secretaría de este Tribunal cada VEINTE (20) DÍAS.

Regístrese, déjese constancia en el libro diario, publíquese, notifíquese a las partes conforme con lo dispuesto en el único aparte del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase.
LA JUEZ (Tem) PRIMERO DE EJECUCION

ABG. GINETH OUTUMURO PULIDO

LA SECRETARIA

Abg. ROSANNA CONSTANTINO
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA

Abg. ROSANNA CONSTANTINO

Exp. 2E-104-09
GOP/Rc