REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL EXTENSIÓN BARLOVENTO

CAUSA N° 1E- 507-06

JUEZ: DRA MARIA TERESA SANCHEZ ORELL

SECRETARIA: EDERLIN PEREZ LEON

SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA


VICTIMA: QUIJADA MILLAN HUMBERTO JOSE

FISCAL: Dr. OMAR FRANCISCO JIMENEZ, Fiscal Décimo Octavo Especializado del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Miranda.

DEFENSA: Dr. CIPRIANO CHIVICO


LOS HECHOS

Procede la juez titular a una revisión minuciosa de las actas procesales a cuyos efectos se observa que en fecha 15 de julio de 2010 debía concluir la medida de libertad asistida que cumplía la sancionada por ante el servicio de libertad asistida del Municipio Plaza, en virtud que este juzgado de ejecución le sustituyó el remanente de tiempo que le faltaba por cumplir por medida de libertad asistida.
En fecha 17 de agosto de 2010 se recibió informe evolutivo donde se observa la evolución favorable que ha tenido la joven sancionada en el cumplimiento de la medida impuesta y donde se evidencia que el joven cumplió con la medida impuesta.
Ahora bien, en atención al contenido del informe final del joven sancionado, se observa: “… Es un joven que tiene capacidad para entender lo que se propone y desde un primer momento lo entendió. Es responsable con sus presentaciones a pesar de vivir en Caracas. Su capacidad para actuar con responsabilidad, autonomía y el grado de implicación de su familia han sido fundamentales para alcanzar dichos logros en el joven adulto.
En tal sentido, considera quien aquí decide verificado el cómputo de cumplimiento de la sanción impuesta, que la joven sancionada cumplió satisfactoriamente la medida que se le impuso por haber trasgredido la norma penal y que se cumplieron los objetivos del plan de acción individual, que la joven se encuentra incorporada al mercado laboral y educativo, ante lo cual es forzoso para este juzgado ORDENAR EL CESE DE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA, al haberse cumplido el lapso y los objetivos planteados. Y ASI SE DECLARA.
DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescentes, con sede en Guarenas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: ORDENA EL CESE DE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA que venía cumpliendo el hoy joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, quien fuera sancionado por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR de conformidad con lo establecido en el artículo 646 y el literal H del artículo 647 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente y en consecuencia a partir de la presente fecha opera su LIBERTAD PLENA Y SIN RESTRICCIONES. Por cuanto la presente decisión emana de una revisión por presentación de informe final y no es dictada en audiencia, conforme a lo previsto en el artículo 175 del COPP, se ordena la notificación de las partes. Notifíquese a las partes. Líbrese boletas de notificación. Líbrese oficio al departamento de libertad asistida a los fines de que procedan al cierre del expediente administrativo de la sancionada. Cúmplase.
Regístrese, publíquese y déjese constancia en el Libro Diario de la presente decisión.
Dada, sellada, firmada y refrendada en la Sede del Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescentes, con sede en Guarenas, a los diez y nueve (19) días

del mes de agosto del año dos mil diez (2010). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
LA JUEZA,


DRA. MARIA TERESA SANCHEZ ORELL
LA SECRETARIA,


EDERLIN PEREZ LEON

En la misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión.
LA SECRETARIA,


EDERLIN PEREZ LEON



































CAUSA N° 1E-507-06
MTSO/mtso.