REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO

En el día de hoy, lunes seis de diciembre de dos mil diez, siendo la 9:30 a.m., se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, ANDRÉS BELLO, FERNÁNDEZ FEO Y LIBERTADOR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con el ciudadano CHARLES HERIBERTO CHACON CONTRERAS, titular de la cedula de identidad N°V-13.351.946, en su carácter de parte demandante, asistido en este acto por los abogados CHACON NOGUERA JUAN CARLOS Y RODRIGUEZ PEREZ LEONARDO ANTONIO, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nos. 145.492 y 143.366, en su orden, è indicaron a este Tribunal la siguiente dirección: Avenida Antonio José de Sucre, Galpón S/N, Sede de la Sociedad Mercantil Transnacional Motor´s, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la practica de la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada sobre bienes muebles, que sean propiedad de la parte demandada, Sociedad Mercantil Trasnacional Motor´s, inscrita en el Registro Mercantil Primero del Estado Táchira, bajo el N°24, Tomo 9-A, RMI, expediente 443.2035, del año 2009, cuyo representante legal es el ciudadano HUGO ALBERTO ARELLANO TORRES, titular de la cedula de identidad N° V-12.226.189, en el JUICIO que por COBRO DE BOLIVARES, tramitado por el procedimiento de Intimación, se sigue en el expediente Nº 5978/2010 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario Cabo 1° CHARLES VICTOR MORA DÍAZ, placa 1439. Se encuentra presente una ciudadana la cual se negó a identificarse ante este Tribunal, quien la Jueza la notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio, indicándole que dispone de un plazo de (30) minutos para que se comunique con el representante legal de dicha empresa o su apoderado Judicial, a los fines de que ejerza el derecho a la defensa consagrado en el Articulo 49 ordinal 1° de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. En este estado el Tribunal acuerda designar como Perito Avaluador al ciudadano: LEON ALFONSO SILVA TITULAR, titular de cédula de identidad N°V- 5.653.667 y como Depositario Judicial al ciudadano: JOSE ALEXIS DÝONGH SOSA, titular de cédula de identidad N°V-12.771.418, representante de la depositaria judicial la Seguridad, S.R.L., según consta de documento Protocolizado por ante el Registro Publico del Segundo Circuito del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira en fecha 11 de diciembre de 2009, inserto bajo el N° 49, folio 205,tomo 45, protocolo de transcripción del año 2009. En este estado se hizo presente el ciudadano HUGO ALBERTO ARELLANO TORRES, titular de la cedula de identidad N°V-12.226.189, en su carácter de representante legal de la Sociedad Mercantil Transnacional Motor´s, siendo las 10:10 a.m. y quien la Jueza lo notifico del objeto y misión a cumplir en el sitio. Seguidamente, solicito el derecho de palabra el ciudadano CHARLES HERIBERTO CHACON CONTRERAS, parte demandante, ya identificado, asistido en este acto por los abogados CHACON NOGUERA JUAN CARLOS Y LEONARDO ANTONIO RODRIGUEZ PEREZ, ya identificados, y concedido como les fue expusieron: “Señalamos para embargar preventivamente, los siguientes bienes muebles: 1.-Fotocopiadora: Marca: TUV, Serial: 9AT1820216, Color Beisge, Tablero: digital, 2 puestos de deposito y 2 bandejas; se encuentra en regular estado y se desconoce su funcionamiento y posibles daños ocultos que pueda tener el mismo, lo avaluo prudencialmente en la cantidad de CUATRO MIL BOLIVARES (BS. 4.000,00). 2.-Computadora: Monitor marca: SAMSUNG, pulgada 14, modelo 633NW, serial CM16H9FQA12333H, teclado marca genius, serial WN9791046145, valorado prudencialmente en la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.8.000,00).”En este estado siendo las 10:30 a.m. solicito el derecho de palabra el ciudadano HUGO ALBERTO ARELLANO TORRES, ya identificado, en su carácter de representante legal de la demandada, debidamente asistido de la abogada en ejercicio JUBETT VICMAR CARRERO CARRERO, titular de la cedula de identidad N°V-17.501.133, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 129.495, y concedido como le fue expuso: “Nosotros ofertamos a los fines de dar por terminado el presente juicio, un cheque por el valor de Bs.6.000,00, proveniente de Banco Occidental de Descuento, cheque N°64000107, de la cuenta corriente N°0160223110009630910, y un equipo de computación, con las siguientes características: monitor LCD 15.6 pulgadas marca SAMSUNG, serial N°CM16H9FQA12333H, procesador interdual de 2.2 GHZ, disco duro 160, tarjeta madre, marca ASROCK, mil veinticuatro (1.024 mega bais) de memoria RAM, unidad DBDRW; el cual se encuentra valorado por tres mil ochocientos bolívares (Bs.3.800,00). Asimismo solicito a este Tribunal que si la parte demandante, acepta la oferta efectuada en este acto se abstenga de la práctica del embargo.” Seguidamente solicito el derecho de palabra el ciudadano CHARLES HERIBERTO CHACON CONTRERAS debidamente asistido de sus abogados, ya identificado, y concedido como le fue expuso: “Visto el ofrecimiento realizada por la parte demandada, aceptamos la oferta de pago, la cual se especifico anteriormente y recibimos conforme tanto el cheque como el equipo antes identificado. Es todo.”.El Tribunal visto el convenio de pago efectuado en este acto por ambas partes acuerda abstenerse de la práctica de la medida de embargo y remitir la presente comisión, junto con todas sus actuaciones al Tribunal de la causa a los fines de que se le imparta la homologación correspondiente, previo registro de su salida y expedición de copia certificada de la misma para el archivo de este Tribunal. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 11:15 p.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZA TITULAR,


ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.
LA PARTE DEMANDANTE,


CHARLES HERIBERTO CHACON CONTRERAS

LOS ABOGADOS ASISTENTES,


ABG. JUAN CARLOS CHACON NOGUERA

ABG.LEONARDO ANTONIO RODRÍGUEZ PEREZ
LA PARTE DEMANDADA Y NOTIFICADA,

HUGO ALBERTO ARELLANO TORRES
LA ABOGADA ASISTENTE,

ABG. JUBETT VICMAR CARRERO CARRERO

EL FUNCIONARIO POLICIAL,

CABO 1°CHARLES VICTOR MORA DÍAZ
EL PERITO DESIGNADO,

LEON ALFONSO SILVA
EL DEPOSITARIO JUDICIAL,

JOSE ALEXIS D´YONGH SOSA
LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. MAYCELYTH DESIREE ECHEZURÍA RODRÍGUEZ