REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
San Cristóbal, 15 de Diciembre de 2010
200º y 151º
Causa 10C-SP21-P-2010-5392
OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO
Visto el escrito, presentado por el ciudadano ABOGADO JOSE LUIS GARCIA TARAZONA, en su carácter de Fiscal Auxiliar Noveno del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, mediante el cual requiere de este Tribunal el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, signada por el Ministerio Público bajo el N° 20F9-2206-07, y por este Tribunal causa 10-SP21-P-2010-5392, seguida en contra de PERSONA DESCONOCIDA, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS LEVISIMAS, previsto y sancionado en el artículo 422 numeral 3° en concordancia con el articulo 419 del Código Penal, en perjuicio de la Ciudadana SINDY ARIANO ARMENTA, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal.
Este Tribunal, procede a decidir sobre la petición de sobreseimiento, por cuanto considera que no es necesaria la realización de la audiencia especial, de conformidad con lo establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesa Penal, en consecuencia, para decidir observa:
DE LOS HECHOS
Se da inicio a la presente investigación, en virtud al Acta de Investigaciones Penales por Accidente de Transito N° C-030-07, de fecha 08 de Octubre de 2007, suscrita por funcionarios del Cuerpo Técnico de Transporte y Transito Terrestre, Coloncito, en la cual hacen constar que fueron comisionados para que se trasladaran a la sitio denominado carretera vía Caño Cucharon, sector La Palmita, Municipio Panamericano lugar donde había ocurrido un accidente de transito, constatando los agentes actuantes que en el sitio del suceso no se encontraban los conductores, ni los vehículos involucrados en el presente accidente, e informándoles el cabo segundo Fran Franco, que el accidente se trataba de una colisión entre vehículos con saldo de una persona lesionada y fuga, determinando los agentes actuantes que ambos vehículos circulaban en el mismo sentido, desde Caño Cucharón hacia La Palmita, y a la altura del sector Las Palmas, el conductor del vehiculo N° 01 (Bicicleta), conducido por SINDY ARIANO ARMENTA, fue envestido por el conductor del vehiculo N° 02 (moto), con su vehiculo, quien se dio a la fuga, originándose el presente accidente.
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
Por lo antes expuesto, considera este Juzgador, que de la revisión realizada a las actas que conforman la presente causa, se evidencia la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS LEVISIMAS, previsto y sancionado en el artículo 422 numeral 3° en concordancia con el articulo 419 del Código Penal vigente para el momento de la comisión del delito, establece una pena de arresto de UNO (01) A CINCO (05) DIAS, siendo su termino medio TRES (03) DIAS DE ARRESTO.
Sin embargo, se observa que el hecho que dio origen a la presente averiguación ocurrió en fecha 08 de Octubre de 2007, de lo cual se evidencia que hasta la presente fecha ha transcurrido un tiempo de TRES (03) AÑOS, UN (01) MES Y VEINTICINCO (25) DIAS, desde la fecha en que ocurrió el hecho anteriormente tipificado, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 7° del artículo 108 del Código Penal, LA PRESCRIPCION SERA POR TRES MESES, si el hecho punible acarreare arresto de menos de un mes, así mismo el articulo 109 del Código Penal establece que la prescripción comenzará a contarse para los hechos punibles consumados desde el día de la perpetración, y en la presente causa dicha prescripción no ha sido interrumpida ya que solo interrumpe la prescripción el pronunciamiento de la sentencia siendo condenatoria o por la requisitoria que se libre al imputado si este se fugare, igualmente cuando se decrete una media de privación judicial preventiva de libertad o se cite al imputado para el acto de imputación, no constando en la presente causa que estos hechos hayan ocurrido, razón por la que considera este juzgador que la solicitud fiscal se encuentra ajustada a derecho por encontrarse evidentemente prescrita, siendo en consecuencia, procedente la solicitud Fiscal por encontrarse ajustada a derecho, en consecuencia este Tribunal procede a decidir el Sobreseimiento de la causa solicitado por el Ministerio Público, conforme a lo establecido en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide.
DECISION
Por todo lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL, por encontrarse evidentemente prescrita, de conformidad con lo establecido en el ordinal 8º del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de PERSONA DESCONOCIDA, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS LEVISIMAS, previsto y sancionado en el artículo 422 numeral 3° en concordancia con el articulo 419 del Código Penal, en perjuicio de la Ciudadana SINDY ARIANO ARMENTA, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese de la presente decisión y vencido el lapso de ley, remítanse las actuaciones al Archivo Judicial.-
ABG. JOSE MAURICIO MUÑOZ MONTILVA
JUEZ DECIMO DE CONTROL
ABG. ALEIDA ACEVEDO QUINTERO
SECRETARIA