REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 08 de diciembre de 2010
200° y 151°

Causa N° 4C7127/10
JUEZ: Dra. NANCY MARINA BASTIDAS
SECRETARIO: ABG. FRANCISCO DELGADO
FISCAL: ABG. VALENTINA ZABALA, Fiscal Auxiliar Primero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques.
IMPUTADO: ANTHONY DOS SANTOS, titular de la cédula de identidad N° 18.539.213.
DEFENSA: ABG. ERASMO SIGNORINO, Defensor Privado
DELITO: OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO.

Visto el escrito presentado por el Abg. ERASMO SIGNORINO, actuando en su carácter de defensor del ciudadano ANTHONY DOS SANTOS, titular de la cédula de identidad N° 18.539.213, imputado en la causa signada con el N° 4C7127/10, mediante el cual solicita la extensión de presentaciones de su defendido.
Este Tribunal antes de decidir previamente observa:
El artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal expresa:

“Siempre que lo supuestos que motivan la privación judicial preventiva de libertad puedan ser razonablemente satisfechos con la aplicación de otra medida menos gravosa para el imputado, el Tribunal competente, de oficio o a solicitud del Ministerio Público o del imputado, deberá imponerle en su lugar, mediante resolución motivada, algunas de las medidas siguientes…”.

En el presente caso podemos observar que en fecha 19/10/10 este Tribunal acordó, entre otras, la medida cautelar sustitutiva de libertad prevista en el artículo 256 ordinal 3° la cual se refiere a la presentación cada ocho (08) días ante el Tribunal, se observa que el ciudadano ANTHONY DOS SANTOS, ha cumplido con las mismas y presentó recaudos donde se evidencia que el mismo trabaja en Distribuidora Fersantos, C.A. como supervisor de planta y por motivos laborales debe salir con frecuencia del estado Miranda, lo que dificulta sus presentaciones ante este Tribunal.

En consecuencia, este Tribunal por ser procedente y ajustado a derecho ORDENA LA EXTENSIÓN DE LAS PRESENTACIONES del ciudadano ANTHONY DOS SANTOS, titular de la cédula de identidad N° 18.539.213, a cada quince (15) días y a tal efecto se libra oficio al Coordinador Judicial del Circuito del Estado Miranda.

DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud formulada por la defensa de el ciudadano ANTHONY DOS SANTOS, titular de la cédula de identidad N° 18.539.213 y en consecuencia ORDENA LA EXTENSIÓN DE LAS PRESENTACIONES DEL REFERIDO CIUDADANO, a cada QUINCE (15) DÍAS todo de conformidad con lo previsto en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal.
La Juez

Dra. NANCY MARINA BASTIDAS
El Secretario


Abg. FRANCISCO DELGADO


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

El Secretario


Abg. FRANCISCO DELGADO


Causa N° 4C7127/10
NMB/FD/angela.-