REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
EN SU NOMBRE




TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY¬¬.¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬
Ocumare del Tuy, 25 de enero de 2.010
Año 199º y 150º


SOLICITANTE: DEIVISON YOSEP GARCIA CASTELLANO, venezolano, adolescente y titular de la cédula de identidad Nro. V-25.230.636

Vistas las anteriores actuaciones y en virtud de la solicitud que por motivo de DECLARACION DE UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, fue interpuesta por el ciudadano antes identificado, ante este Tribunal, el juzgador observa que, habiendo sida admitida dicha solicitud, y por cuanto fue declarada PERIMIDO en la presente causa y quedando firme dicha decisión, en consecuencia, lo procedente y ajustado a derecho en este caso es DECLARAR TERMINADO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO, Y EN CONSECUENCIA SE ORDENA EL CIERRE DE LA PRESENTE CAUSA Y LA REMISIÓN DEL PRESENTE EXPEDIENTE AL DEPOSITO DE ARCHIVO JUDICIAL DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA REGIÓN MIRANDA para su resguardo. Y ASÍ SE DECIDE. Regístrese y Publíquese la presente decisión y publíquese en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia. Cúmplase.
LA JUEZA

Dra. JUDITH de la C. LOVERA PEDRON
LA SECRETARIA

Abog. YOVANNA SERRANO DELGADO


JLP/YSD/R@IMOND
S-2596-07