REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
San Antonio de Los Altos, 29 de enero de 2010.
199° y 150°
Recibido como ha sido el presente escrito de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por el abogado DOMINGO ALFREDO CEDEÑO PLESSMANN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 47.941, actuando en representación de la ciudadana IVONNE MARÍA MORALES DE MORA, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.963.835, todos en su condición de integrantes de la sucesión de ELIZABETH ÁLVAREZ GÓMEZ; así como la justificación de los testigos promovida y evacuada. Este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Decreta ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS SUFICIENTE y BASTANTE a las ciudadanas IVONNE MARÍA MORALES DE MORA, MARÍA ELENA MORALES ÁLVAREZ y ELIZABETH DEL CARMEN MORALES ÁLVAREZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-9.963.835, V-9.967.929 y V-13.611.012, respectivamente, en su orden, en la sucesión de la ciudadana ELIZABETH ÁLVAREZ GÓMEZ, quien en vida era venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.456.943, quien falleció en fecha 23 de octubre del año 2009; en su carácter de causahabientes de la prenombrada causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase a los solicitantes en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZA TITULAR
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ
EL SECRETARIO
MAIKEL MEZONES
Expediente N° S-2009-160
LCH/ev*
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