REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
SALA DE JUICIO.
JUZGADO UNIPERSONAL Nº 2
San Cristóbal, diecinueve (19) de enero de dos mil diez (2.010)
199º y 150º
Cumplidas como han sido las exigencias legales en el presente procedimiento civil signado con el número: 66.953 de “Autorización de Viaje”, es por lo que ésta Jueza Unipersonal Nro. 2 de la Sala de Juicio del Tribunal del Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar la solicitud y en consecuencia AUTORIZA amplia y suficientemente al adolescente: (Nombre omitido por disposición del artículo 65, parágrafo primero de la Lopna), hijo de los ciudadanos: MARCO TULIO LIZARAZO VILLAMIZAR y MARÍA ROSA ZAMBRANO DE LIZARAZO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-23.130.554 y V.-10.172.380 respectivamente, para que viaje en compañía y bajo la representación del ciudadano: RAMÓN ECHENAUSI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-7.599.892 en su carácter de Director de la Fundación Atlética San Cristóbal, a la ciudad de Olavaria, Provincia de Buenos Aires en la República Argentina, con fines de participar en un torneo invitacional de fútbol a celebrarse en esa ciudad desde el 08 hasta el 28 de febrero del presente año 2.010. Y ASI SE DECIDE. Dicha autorización de viaje se concede por el lapso de un (1) mes calendario contado a partir del día 06 de febrero de 2.010. Y ASI SE DECLARA. Expídase por separado la autorización acordada y entréguese a la parte interesada. Igualmente, archívese el expediente una vez conste en autos la notificación al Fiscal del Ministerio Público. Cúmplase.
Abg. Gladys Jazmín Rivas Parada
Jueza Unipersonal Nro 2
Abg. George Lastra Pozo
Secretario
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
GJRP/Jcl.-
Exp. Nro. 66.953 El Secretario
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