REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 19 de Enero del 2010
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2010-000060
ASUNTO : SP11-P-2010-000060
Visto el escrito presentado por el Abogado RAIZA RAMIREZ PINO Fiscal 21 del Ministerio Público, quienes solicitan el SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor de PERSONAS POR IDENTIFICAR, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, el Tribunal para decidir observa:
En fecha 05-11-2009, ocurrieron los hechos tal como se evidencia del acta Policial suscrita por funcionarios adscrito al CICPC seccional SAN ANTONIO. Tal como consta al folio 1 de las actuaciones. Como consecuencia de las actas se da inicio a la presente averiguacion
Ahora bien, analizadas como han sido las actas que conforman la presente causa y vista las diligencias practicas. Orden de allanamiento acordada por el Tribunal Primero de Control la cual consta en el folio 06 y 07 se concluye que realizada la misma los funcionarios no encontraron elementos de interés criminalisticos y es por lo que este Tribunal considera procedente decretar el SOBRESEIMIENTO de la presente causa de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal; siendo innecesaria la convocatoria de la Audiencia prevista en el Articulo 323 eisdum. Y así decide:
Por los razonamientos antes expuestos este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DE SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a favor de PERSONAS POR IDENTIFICAR, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal. Déjese copia, notifíquese a las partes y remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial.
Abg . ESTEBAN RAMON QUINTERO
Juez de Control Nº 01
Abg.
Secretario (a)
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