REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
199º y 150º
ASUNTO: SP01-L-2009-000816.
PARTE ACTORA: JOSE GREGORIO MARQUEZ DUQUE.
PARTE DEMANDADA: SEGURIDAD PRIVADA ESCALANTE CA.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, miercoles 27 de Enero de 2010, siendo las 10:30 a.m., y la oportunidad fijada para la celebración de la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte demandante y de la parte demandada, ni por sí ni por medio de apoderados judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
Dra. YALENA MORA.
La Juez
La Secretaria,
Abg. Mónica Guerrero .
YM.
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