REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES. SALA DE JUICIO. JUEZA PROFESIONAL No.1

Los Teques, 18 de Enero de 2010

Vista las anteriores actuaciones y la impugnación de la decisión dictada por esta Sala de Juicio, en fecha 04.12.09, mediante la cual declaró sin lugar la cuestión previa por incompetencia de este Tribunal, opuesta el 01.12.09, conforme al artículo 346, ordinal 1° del Código de Procedimiento Civil, por la apoderada judicial de uno de los adolescentes codemandado, impugnación hecha mediante el anuncio de la regulación de competencia, habiéndose remitido cuaderno por regulación de competencia al Tribunal Supremo de Justicia, considerando que, tratándose de tales asuntos, la suspensión de la causa ocurre cuando la misma esta en fase de sentenciar, como el caso analizado, estado en el cual debe esperarse la decisión del máximo Tribunal, es por lo que este órgano jurisdiccional queda a la espera de sus resultas, quedando la causa en suspenso, Y ASÍ SE DECLARA EXPRESAMENTE. Regístrese el presente auto. Cúmplase.
LA JUEZA,

DRA. ZULAY CHAPARRO
LA SECRETARIA,

ABG. MAGALY YEPEZ
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
LA SECRETARIA,

ABG. MAGALY YEPEZ
Exp.13672