REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY¬¬.¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬
Ocumare del Tuy, 17 de febrero del año 2010.
Año 199º y 150º
Vista y analizadas como han sido las actas procesales que conforman la presente causa DIVORCIO 185 ord. 2º y 3º, y vista igualmente la comparecencia que antecede, suscrito por la ciudadana Abg. INDIRA OVIEDO ESTEVES inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 111.928, apoderada judicial de la parte actora. mediante la cual desiste del presente procedimiento, es por lo que esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento civil, acuerda HOMOLOGAR el referido desistimiento. Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZ
Dra. JUDITH LOVERA PEDRON
La Secretaria
ABG. YOVANNA SERRANO DELGADO
EXP Nº 9675-09
Hom. De DESIS
JLP/YSD/R@IMOND
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