REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO BOLIVARIANO MIRANDA

Carrizal, 24 de Febrero de 2010
199° y 150°


Vistas las actuaciones que anteceden, este tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y de la Resolución Nro. 2009-0006, de fecha dieciocho (18) de marzo de 2009, debidamente publicada en Gaceta Oficial bajo el Nro. 39152, de fecha dos (2) de febrero del año en curso, DECLARA: la misma TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana MARIA AMELIA AGOSTINI HERRERA, venezolana, mayor de edad de este domicilio titulas de la cedula de identidad V-3.740.685, sobre las mejoras y bienhechurías, construidas sobre un lote de terreno de su propiedad según se evidencia de documento, debidamente protocolizado por ante La Ofician de Registro Inmobiliario del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda en fechas 23 de Diciembre de 1.998 y 12 de Marzo del año 2003, bajo el Nº 26 y 41, Protocolo Primero tomo 28 y 07, constituido por una parcela distinguida con el Nº 39 de terreno ubicada en La Calle Ramal 2,Urbanización Colinas de Carrizal del Municipio Autónomo Carrizal, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvase en originales las presentes actuaciones a los solicitantes, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual fue redactada por el abogado JESUS RAFAEL AROCHA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 14.370 El tribunal certifica que tuvo a su vista los siguientes documentos originales: A) Documento de venta debidamente protocolizado por ante por ante La Oficina de Registro Inmobiliario del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda en fecha en fechas 23 de Diciembre de 1.998 y 12 de Marzo del año 2003, bajo el Nº 26 y 41, Protocolo Primero tomo 28 y 07, B) fotocopia de la cedula de identidad de la ciudadana MARIA AMELIA AGOSTINI HERRERA. C) Plano Topográfico. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este tribunal.
La Juez,

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Dra. Liliana A. González G.

El Secretario,

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Abg. José A. Freitas

En la misma fecha se de hoy, se devuelve la presente actuación a la parte solicitante, constante de cinco (05) folios útiles.
El Secretario,
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Abg. José A. Freitas

Lagg/Jaf/gt
S. 1736-10