REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
San Antonio de Los Altos, 4 de febrero de 2010.
199° y 150°
Recibido como ha sido el presente escrito de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por la ciudadana ANA CAROLINA SCAVO PEÑA, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.349.371, debidamente asistida por los abogados NOEL MIGUELANGEL ZAMORA MARQUEZ y RICARDO JOSÉ BARCELOS MENDONCA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 111.274 y 146.101, respectivamente, en su condición de integrantes del causante, ciudadano GIUSEPPE SCAVO GIOVANELLI; así como la justificación de los testigos promovida y evacuada. Este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Decreta ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS SUFICIENTE y BASTANTE a los ciudadanos RITA TERESA PEÑA DE SCAVO, ANA CAROLINA SCAVO PEÑA, JOSE MIGUEL SCAVO PEÑA, RAFAEL ENRIQUE SCAVO PEÑA, MARÍA CARMEN SCAVO PEÑA, PAOLO LUIS SCAVO PEÑA, CARLOS MATTEO SCAVO PEÑA, RODOLFO ROCCO SCAVO PEÑA y ANGELA MARGARITA SCAVO PEÑA, venezolanos mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-2.796.516, V-6.524.565, V-10.816.960, V-6.900.842, V-9.488.864, y V-12.880.568, respectivamente, en su orden, en la sucesión del ciudadano GIUSEPPE SCAVO GIOVANELLI, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.369.206, quien falleció en fecha 7 de diciembre de 2008; en su carácter de causahabientes de la prenombrada causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase a los solicitantes en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZA TITULAR
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ
EL SECRETARIO
MAIKEL MEZONES
Expediente N° S-2009-148
LCH/ev
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