REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO
DE MIRANDA
PARTE SOLICITANTE:
APODERADA JUDICIAL:
XIOMARA COROMOTO ROMERO CARDENAS y GILBERTO ANTONIO HIDALGO MOTA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros 6.354.460 y 2.987.484, respectivamente.
MARISOL LUIS LUIS, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 84.887.
MOTIVO: DIVORCIO POR EL 185-A
EXPEDIENTE NRO: E-2009-104
SENTENCIA DE DIVORCIO
I
En fecha 29 de septiembre de 2009, se recibió escrito contentivo de solicitud de Divorcio fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil presentado ante este Órgano Jurisdiccional, por los ciudadanos XIOMARA COROMOTO ROMERO CARDENAS debidamente asistida por la abogada MARISOL LUIS LUIS y actuando como apoderada judicial del ciudadano GILBERTO ANTONIO HIDALGO MOTA, la cual fue admitida en fecha 25 de noviembre de 2009, ordenándose librar boleta de notificación al Fiscal Undécimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda.
Alegó la solicitante y la apoderada judicial que los cónyuges contrajeron matrimonio civil, en fecha 19 de agosto de 2000, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Cecilio Acosta, del Municipio Guaicaipuro de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda. Que establecieron su último domicilio conyugal en Vía Las Polonias, Urbanización Parque El Retiro, calle 3.D, N° C-10, Quinta Alex, San Antonio de Los Altos, Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda.
Manifestaron asimismo los cónyuges que de la unión matrimonial no procrearon hijos. Que han permanecido separados de hecho, por más de cinco (5) años y desde entonces no han hecho vida en común bajo ninguna circunstancia, por lo que de mutuo y amistoso acuerdo han decidido acudir a este Juzgado, a fin de solicitar se declare el divorcio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil.
En fecha 21 de enero de 2010, el Alguacil de este Juzgado, estampó informe dando cuenta a la Jueza de este Tribunal de haber practicado la notificación al Fiscal Undécimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, quiencompareció ante este Tribunal en fecha 28 de enero de 2010 y presentó diligencia manifestando que la solicitud objeto del presente procedimiento cumple con los requisitos de Ley.
II
Establece el artículo 185-A del Código Civil lo siguiente:
“…Cuando los cónyuges han permanecido separado de hecho por más de cinco (05) años, cualquiera de ellos podrá solicitar el divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida común…”
Ahora bien, de la lectura efectuada a la norma anteriormente transcrita, se evidencia que en el presente caso, fueron cumplidas las exigencias previstas en las misma, y por ello concluye esta Juzgadora que la solicitud que encabeza la presente actuación debe prosperar y así se decide.
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Municipio del Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los XIOMARA COROMOTO ROMERO CARDENAS y GILBERTO ANTONIO HIDALGO MOTA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros 6.354.460 y 2.987.484, respectivamente, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia se declara, DISUELTO el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha 19 de agosto de 2000, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Cecilio Acosta, del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, según consta de acta Nº 34, folio 34, correspondiente al año 2000, expedida por la misma autoridad en la fecha señalada.
Notifíquese mediante oficio a las autoridades competentes.
Liquídese la Comunidad Conyugal.
Publíquese, regístrese, ejecútese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Municipio del Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, San Antonio de los Altos, a los ocho (8) días del mes de febrero del dos mil diez (2010). Años 199º de la Independencia y 150º de la Federación.
LA JUEZA TITULAR
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ
EL SECRETARIO
MAIKEL MEZONES
En la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia siendo las 11:00 a.m.
EL SECRETARIO
LCH/ev*
Expediente N° E-2009-104
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