En el día de hoy miércoles tres (03) de Febrero de Dos Mil Diez (2010), siendo las 08:50 am, se trasladó éste Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Ayacucho, Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y se constituyó en un inmueble consistente en una casa de habitación sin número, ubicada en la calle 4, Urbanización Pérez de Tolosa, Sector Monseñor Luis Abad Buitrago, de esta Ciudad de San Juan de Colón, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, a fin de practicar Inspección Judicial, instada en la Solicitud N° 2803-10, nomenclatura del Juzgado del Municipio Ayacucho de esta Circunscripción Judicial, solicitada por los Ciudadanos: JOSE ALBERTO ORTIZ MONCADA y CYNTHIA ELENA MEDINA GUTIERREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-15.085.539 y V-9.348.796, en su orden, de este domicilio, asistidos por el Abogado: ALBERTO CARLOS BAYONA CONTRERAS, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.106.755, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 49.532, de este domicilio. Constituido este Tribunal Ejecutor de Medidas, en el referido inmueble, junto con los solicitantes y su Abogado asistente, supra identificados, quien solicito el derecho de palabra y concedido que le fue por este Tribunal, expuso: “Solicito se designe de Práctico al Ciudadano: CIERVO MOLINA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-2.551.090, de este domicilio, para que conjuntamente con este Tribunal Ejecutor de Medidas, se realice la referida Inspección Judicial, sobre el inmueble donde esta constituido este Tribunal Ejecutor de Medidas”. Seguidamente este Tribunal, visto lo solicitado por los interesados, ciudadanos: ALBERTO ORTIZ MONCADA y CYNTHIA ELENA MEDINA GUTIERREZ y su Abogado asistente, supra identificados, acuerda designar de Práctico al Ciudadano: CIERVO MOLINA, ya identificado, quien estando presente expuso: “Acepto el cargo y juro cumplir bien y fielmente con todo lo inherente al mismo”. Seguidamente este Tribunal Ejecutor de Medidas, conjuntamente con el práctico designado, procede a dejar expresa constancia de los particulares solicitados en la referida solicitud de Inspección Judicial. AL PRIMERO: Este Tribunal se abstiene de pronunciarse sobre este particular por cuanto no está facultado para ello. AL SEGUNDO: El Tribunal deja expresa constancia conjuntamente con el práctico, que el inmueble donde esta constituido, no se observa número de identificación del mismo y está ubicado en la calle 4, entre calles 5 y 11, frente al inmueble N° 12, del sector Luis Abad Buitrago, de la Urbanización Pérez de Tolosa, de esta Ciudad de San Juan de Colón del Municipio Ayacucho del Estado Táchira”. AL TERCERO: El Tribunal deja expresa constancia conjuntamente con el práctico designado en la presente acta, que los linderos y medidas del inmueble donde esta constituido, son los siguientes: NORTE O COSTADO IZQUIERDO: mide dieciocho metros con ochenta centímetros (18,80 mts), colinda con mejoras propiedad del ciudadano: Juan Carlos Tovar Rangel; SUR O COSTADO DERECHO: mide dieciocho metros con ochenta centímetros (18,80 mts), colinda con mejoras propiedad de la ciudadana: Zelandy Rosales; ESTE O FONDO: mide seis metros con noventa y seis centímetros (6,96 mts), colinda con el inmueble propiedad de la ciudadana: Ana Yuleida Carrizo; y por el OESTE: mide seis metros con setenta y ocho centímetros (6,78 mts) y colinda con la calle 4 y casa N° 12; con una superficie total de terreno y construcción de ciento veintinueve metros con quince centímetros cuadrados (129,15 mts2). No siendo otro el objeto de este Tribunal declara cumplido el presente exhorto, relacionado con la Inspección Judicial, ordenado por el Tribunal comitente, se declaro concluido el acto a las 10:00 am, se acuerda dejar copia fotostáticas de las respectivas actuaciones para el archivo de este Juzgado. Se hace constar que los traslados efectuados por este Tribunal, no generan aranceles ni emolumentos, son totalmente gratuitos. Es todo, término, se leyó y conformes firman.-


JUEZ EJECUTORA PROVISORIA
ABG: SAIDA YAMILKA PRADA CHACON




LOS SOLICITANTES:
JOSE ALBERTO ORTIZ MONCADA
CYNTHIA ELENA MEDINA GUTIERREZ

ABOGADO ASISTENTE DE LOS SOLICITANTES:
ALBERTO CARLOS BAYONA CONTRERAS

EL PRÁCTICO:
CIERVO MOLINA


EL SECRETARIO
WILLIAM F. ZAMBRANO Z.
Exhorto N° 699/2010