REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
CAUSA: 4JU-1524-2010
Visto el escrito presentado por el ciudadano FRANKLIN RENE CONTRERAS SAYAGO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nr.V-15.858.620 en el cual solicita, la entrega de un vehículo de su mandante de las siguientes características: MARCA RENAULT, MODELO FUEGO GTXA, CLASE AUTOMOVIL, PLACA XIL085, TIPO COUPE, AÑO 87, COLOR BLANCO, SERIAL MOTOR T054722 y SERIAL DE CARROCERIA VF1136301G0200505.
Este Tribunal para decidir observa:
El vehículo objeto de la presente solicitud fue retenido por funcionarios de la Policía del Estado Táchira, en un procedimiento relacionado con la comisión de el delito de VIOLACIÓN
En fecha 23 de Enero de 2009, funcionarios de la Policía de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalística, le realizan Experticia Seminal, Barrido y Luminol
Corre inserto a las Actas, Copia Certificada de Documento de Compra y Venta, en el cual el ciudadano MARIA CARMEN PEREIRA DE KLEIBER, titular de la Cédula de Identidad Nr. E-81.202.477, le vende al ciudadano FRANKLIN RENE CONTRERAS SAYAGO, el vehículo objeto de la presente solicitud, la cual quedó autenticado ante la Notaría Pública Quinta de San Cristóbal, Estado Táchira, el día 10 de Noviembre de 2008, bajo el Nr.68, Tomo 224, de los libros de autenticaciones llevados por ese Despacho.
En base a lo anteriormente expuesto, este Juzgador considera, que al vehículo le fueron practicadas las experticias criminalísticas necesarias, el mismo fue adquirido legalmente por el solicitante, no se encuentra ofrecido como evidencia en la presente causa, por lo que se considera procedente hacer la entrega directa del mismo. Y así se decide.
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO NÚMERO CUATRO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: Ordena la entrega en Directa al ciudadano, FRANKLIN RENE CONTRERAS SAYAGO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nr. V-15.858.620, el vehículo de las siguientes características: MARCA RENAULT, MODELO FUEGO GTXA, CLASE AUTOMOVIL, PLACA XIL085, TIPO COUPE, AÑO 87, COLOR BLANCO, SERIAL MOTOR T054722, SERIAL DE CARROCERIA VF1136301G0200505, de conformidad con el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes de la presente decisión, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal y emítase oficio de entrega.
ABG. LISANDRO SEIJAS GONZALEZ.
JUEZ CUARTO DE JUICIO
ABG. MARÍA INES ARTAHONA MARIÑO
LA SECRETARIA
CAUSA Nº 4JU-1524-10
L.S.G.