Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:

PRIMERO: Ordena el traslado del joven adulto MARLON ANDRÉS HURTADO OROZCO, en el Cuartel de Prisiones del Instituto Autónomo Policía del Estado Táchira, por cuanto su vida e integridad física corren peligro en el Centro Penitenciario de Occidente; con objeto de dar cumplimiento a las normas previstas en el artículo 37 literal C de la Ley Aprobatoria de la Convención Sobre los Derechos del Niño; artículo 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; y, artículo 46 numeral 2° Ejusdem.

SEGUNDO: Líbrense oficios al Director del Cuartel de Prisiones del Instituto Autónomo Policía del estado Táchira y al Director del Centro Penitenciario de Occidente, anexando boleta de traslado.

TERCERO: Notifíquese a las partes del presente auto, de conformidad con lo previsto en el artículo 179 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal.





ABG. DILIA ERUNDINA DAZA RAMIREZ
JUEZA TITULAR EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN



ABG. FERNANDO FRANCISCO LAVIANA MEDINA
SECRETARIO (S) DE EJECUCIÓN



Cúmplase lo ordenado.



Causa Penal N° E-2160/2.009
DEDR.-