REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
San Cristóbal, diecisiete (17) de febrero de dos mil diez (2010)
199º y 150º

ASUNTO: SP01-S-2008-000030

INDICACIÓN DE LAS PARTES:

PARTE OFERIDA: JESÚS A. GARCÍA S., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-9.338.130
PARTE OFERENTE: HBM INGENIERÍA COMPAÑÍA ANÓNIMA, domiciliada en la calle 5 entre carreras 3 y 4, Sector Catedral, Edificio Capacho, Planta Baja, Oficina 25, San Cristóbal Estado Táchira.
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO

Por cuanto el Tribunal observa que la última actuación realizada por la parte interesada en impulsar la presente causa se realizó en fecha 24 de abril de 2008, este Tribunal con vista a lo expuesto en el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, que establece:

Artículo 201. Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. Igualmente, en todas aquellas causas en donde haya transcurrido más de un (1) año después de vista la causa, sin que hubiere actividad alguna por las partes o el juez, éste último deberá declarar la perención.

Artículo 267. Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes...

Ahora bien, como quiera que de autos se desprende que en el presente juicio, desde el día 24 e abril de 2008, la parte oferente no ha dado impulso procesal al mismo, por lo cual y hasta la presente fecha ha transcurrido holgadamente el lapso establecido en los artículos antes señalados, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara de oficio la PERENCION de la instancia y extinguido el proceso en el juicio que por Oferta Real de Pago, la empresa HMB INGENIERÍA COMPAÑÍA ANÓNIMA ofiere al ciudadano JESÚS A. GARCÍA S., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 9.338.130.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de San Cristóbal, a los diecisiete (17) días del mes de febrero de dos mil diez (2010).
La Juez

Abg. Luz Haydee Gómez
La Secretaria


En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, dejándose copia certificada de la misma para el archivo de este Tribunal.


La Secretaria





Exp. SP01-S-2008-000030
LHG/ska