REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 12 de Febrero de 2010.-
199° y 150°
Causa No. 3C-6210-10

Juez: Dra. Rosa Elena Rael Mendoza

Secretaria: Abg. Alma Monsalve

Fiscal: Dra. Marinel del Valle Sosa, Fiscal Auxiliar Segundo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda

Imputado: Uribe Mendoza Alis Miguel

Defensa Pública: Dra. Judith Méndez

Delito: Acoso, Hostigamiento y Amenaza

DECISIÓN:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA sustituir la medida establecida en el artículo 256 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, que pesa en contra del ciudadano Uribe Mendoza Alis Miguel, titular de la cedula de identidad N° V-10.576.581, por la medida cautelar establecida en el artículo 256 numeral 3 Ejusdem, relativa a la obligación del imputado de presentarse periódicamente, cada ocho (08) días por ante la sede de éste Tribunal, contados a partir del día 17/02/2010; hasta la finalización del proceso seguido en su contra; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 263 y 264, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.-
Líbrese boletas de Excarcelación a nombre del prenombrado ciudadano y remítanse con oficio dirigido al Director del Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda.
Notifíquense a las partes con boleta; de conformidad con lo establecido en el único aparte del artículo 175 de nuestra norma adjetiva penal.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada. Cúmplase.-
La Juez de Control N° 3

Dra. Rosa Elena Rael Mendoza
La Secretaria
Abg. Alma Monsalve
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado. Y así lo certifico
La Secretaria
Abg. Alma Monsalve
Causa N° 3C-6210-10
RER/AM/RER