REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 25 de Febrero de 2010.-
199° y 150°

Juez: DRA. ROSA ELENA RAEL MENDOZA.-
Secretario: Abg. ALMA AKILEYA MONSALVE.-
Fiscal Auxiliar 19° del Ministerio Público: Dr. IVAN RUIZ.-
Defensa Privada: DRA. MONICA CHAVEZ.-
Imputado: FIGUEREDO VALECILLO EFRAIN CUSTODIO.-
Victima: LA COLECTIVIDAD.-
Delito: TRAFICO ATENUADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACION Y OCULTACION DE ARMA DE FUEGO.-


DECISIÓN:

Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, ACUERDA CONCEDER al Fiscal del Ministerio Público PRORROGA DE QUINCE (15) DIAS CONTINUOS, contados a partir del día siguiente del vencimiento del lapso de treinta días desde que éste Tribunal decreto medida Privativa de Libertad, es decir, a partir del día 03 de marzo de 2010, por lo que el lapso de prórroga vence en fecha 16/03/2010; de conformidad con lo establecido en el cuarto aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que faltan por recabar resultados de las diligencias de investigación, que se consideran indispensables para la presentación del acto conclusivo respecto al ciudadano: FIGUEROA VALECILLO EFRAIN CUSTODIO, titular de la cédula de identidad No. V-15.714.540.-
Notifíquese a las partes, conforme al único aparte del Artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Regístrese, publíquese y déjese constancia en el Libro Diario de la presente decisión.-
El Juez de Control N° 3

DRA. ROSA ELENA RAEL MENDOZA
La Secretaria,


Abg. ALMA AKILEYA MONSALVE

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Así lo certifico.-

La Secretaria,


Abg. ALMA AKILEYA MONSALVE

Causa: 3C-6222-10
RERM/AAM/ojls.