REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES
Los Teques, 08 de Febrero de 2010.-
199° y 150°
N° 3CS-465/10
Juez: Dra. Rosa Elena Rael Mendoza.-
Secretaria: Abg. Alma Akileya Monsalve
Solicitud: Orden de allanamiento
Solicitante: Fiscal Auxiliar 19° del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Dr. Iván Ruiz Guerrero.
DECISIÓN:
Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, AUTORIZA practicar ALLANAMIENTO en el inmueble tipo rancho, elaborada en tablas de madera y techo de zinc, sin número visible, al lado de una mata de Cayena, ubicada en: Sector Potrerito, Callejón El Esfuerzo, Los Teques, Municipio Carrizal, Estado Miranda; lugar donde presuntamente residen los ciudadanos de nombre “GINO Y MILAGROS”, de parentesco hermanos, de quienes se presume se dedican a la venta y distribución de sustancias, estupefacientes y psicotrópicas en dicho lugar y se presume la existencia de evidencias de interés criminalístico, tales como: SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, o algún otro elemento de interés criminalístico relacionado con los hechos que se investigan. Dicho allanamiento deberá efectuarse por los funcionarios 1- Detective TOVAR JONATHAN, credencial No. 1983; 2- Agente ECKER YULIAN, credencial 2046, 3- Agente BARRERO FREDERICK, credencial No. 4810; 4- Agente VELAZCO ANGEL, credencial No. 4809; todos adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda, División de Operaciones de Inteligencia (DOI); ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los artículos 210, 211 y 212, todos del Código Orgánico Procesal Penal. La presente autorización tiene una duración máxima de cinco (05) días continuos contados a partir de la presente fecha.
Expídase la correspondiente orden, en tres ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto.
Se declara Con Lugar el requerimiento de la Vindicta Pública.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada. Cúmplase
La Juez Tercero de Control
Dra. Rosa Elena Rael Mendoza
La Secretaria
Abg. Alma Akileya Monsalve
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
La Secretaria
Abg. Alma Akileya Monsalve
Solicitud N° 3CS-465/10
RER/AAM/RER