REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL EXTENSIÓN BARLOVENTO

ASUNTO NO. 01C-02-1309-2000

Vista las actas que anteceden y por cuanto el ciudadano fue capturado en fecha 05/02/2010, por el Cuerpo de DAVID ANTONIO VALENTINI, Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas y puesto a la orden de este Tribunal y siendo que en diferentes oportunidades sea diferido la audiencia preliminar, por no tener este una Abogado Defensor Publico Designado a los fines de celebrar la audiencia.
Este Tribunal antes de decidir, previamente observa y considera.
El ciudadano DAVID ANTONIO VALENTINI, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-12.388.710, respectivamente, fue presentado por ante este Tribunal por una Orden de Captura la cual fue librada en fecha 27 de Marzo de 2000, siendo que al revisar las presentes actuaciones el ciudadano ante mencionado fue acusado por el Fiscal Quinto del Ministerio Publico, mediante escrito de fecha 11 de Febrero de 2000 por el delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTE Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancia Estupefacientes y Psicotrópica, vigente para la época.
Ahora bien, siendo que la pena por la cual podría condenarse al ciudadano DAVID ANTONIO VALENTINI, es alta, que el mismo tiene residencia fija, que no se encuentran llenos los extremos de los articulo 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, en tal sentido, este juzgador considera que lo procedente y ajustado a derecho es decretar la Medida Cautelar Sustitutiva de libertad establecida en el articulo 256 Ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, es decir la presentación cada 30 días por ante este Tribunal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal Ejusdem Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA
Este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: DECRETA a favor del ciudadano DAVID ANTONIO VALENTINI, la Medida Cautelar Sustitutiva de libertad establecida en el articulo 256 Ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, es decir la presentación cada 30 días por ante este Tribunal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal Ejusdem, comprometiéndose el mismo ha asistir a la audiencia preliminar fijada por este Tribunal.
Publíquese, regístrese, déjese copia y notifíquese.
EL JUEZ
DR. FRANCISCO JAVIER LARA
LA SECRETARIA
ABG. YADIRA HERIQUEZ ASUNTO NO. 1C-1309-00